Si tienes un familiar en Estados Unidos, puedes pedir la ciudadanía de esta forma

Tener un familiar cercano en Estados Unidos te permite acceder fácilmente a la ciudadanía si cumples con determinados requisitos. Checa la información.

Por: Cristina Salcedo | DigitalRoom
El formulario con el que los familiares pueden convertirse en ciudadanos.
Crédito: Shutterstock

Estados Unidos permite a sus nacionales pedir a parientes extranjeros que cumplan con determinados requerimientos, por lo que si tú tienes a un familiar en ese país, podrías acceder a la ciudadanía si sigues varios pasos.

Los ciudadanos pueden reclamar a ciertos miembros de su familia para recibir una Green Card, una visa de prometido o prometida o una visa K-3 o K-4, con base al tipo de relación familiar que haya entre ellos. Posteriormente, el familiar extranjero tiene la oportunidad de naturalizarse u obtener una prueba de su ciudadanía.

¿A qué familiares se puede pedir desde Estados Unidos?

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) explica que los ciudadanos pueden pedir a:

  • Sus cónyuges
  • Hijos solteros y menores de 21 años.
  • Padres si es que el ciudadano que es el peticionario tiene 21 años de edad o más.

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Siempre hay visas disponibles para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. Esto significa que tu familiar no tiene que esperar un turno para obtener una visa. Los familiares inmediatos que están en Estados Unidos pueden presentar el formulario I-485 o Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, al mismo tiempo que el formulario I-130.

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También es posible pedir a otros parientes que no son tan directos como la familia primaria. Estos están divididos en varias categorías:

  • Primera preferencia: Hijo o hija adulto, mayor de 21 años, soltero.
  • Segunda preferencia (2A): Cónyuge de un residente permanente (con Green Card), hijos de solteros menores de 21 años de un residente permanente.
  • Segunda preferencia (2B): Hijo o hija adulto/a y soltero de un residente permanente.
  • Tercera preferencia: Hijo o hija casado de cualquier edad.
  • Cuarta Preferencia: Hermano o hermana.

Las categorías de preferencia aplican a familiares que no son familiares inmediatos. Las visas asignadas a estas categorías están sujetas a las cantidades máximas reglamentarias anuales, aclara el USCIS.

Una visa se tornará disponible para una categoría preferencial a base de la fecha de prioridad y según la fecha en que presentaste el formulario I-130.

¿Cómo puede tu familiar acceder a la ciudadanía?

Una vez que esté de forma legal en Estados Unidos, el familiar puede solicitar un ajuste de estatus para convertirse en un residente permanente legal, poseedor de Green Card, cuando haya un número de visa disponible, y presentando el formulario I-485.

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Una vez que el familiar sea residente permanente, puede realizar el trámite para acceder a la ciudadanía mediante el formulario N-400 o solicitud de naturalización.

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