Si eres inmigrante indocumentado y recibes una orden de deportación, este es el tiempo que tienes prohibido el reingreso a EU

Los extranjeros que ingresen de forma no autorizada al país o permanezcan en él tras el vencimiento de su permiso podrán recibir una penalización.

Por: Ariadna Roble | DigitalRoom
Un avión sobrevuela un alambre de púas en Estados Unidos.
Crédito: Shutterstock

Los extranjeros que ingresan a Estados Unidos deben tramitar la documentación correspondiente para garantizar su estadía legal en el país y poder vivir o trabajar, caso por caso. Ante la llegada de Donald Trump a la presidencia, la comunidad inmigrante mantiene la incertidumbre ante la posibilidad de recibir una orden de deportación si no cuenta con el ajuste de estatus. ¿Cuánto tiempo está prohibido el ingreso a EU si te expulsan?

Los inmigrantes que acumulen presencia ilegal en EU recibirán una sanción por parte de las autoridades que consiste en la prohibición temporal o permanente de reingreso al país una vez son expulsados o abandonan voluntariamente el territorio. Esta penalización se realiza cuando ingresaron de forma no autorizada o se venció el permiso correspondiente.

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Prohibición de ingreso a EU tras orden de deportación

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) advierte que si se acumula presencia ilegal en EU, existen diversas penalizaciones posibles. Estas son:

  • Prohibición de reingreso de tres años: si una persona abandona voluntariamente EU antes de que se inicie un proceso de remoción y había acumulado entre 180 días y un año de presencia ilegal, no podrá volver al país durante este período.
  • Ley de los 10 años: si un inmigrante recibe una orden de deportación o abandona el país de forma voluntaria y acumuló más de un año de presencia ilegal, no podrá solicitar la admisión durante una década.

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¿Qué inmigrantes están protegidos contra esta penalización?

Existen ciertas excepciones para estas penalizaciones:

  • Menores de 18 años: no acumulan presencia ilegal hasta ser mayores de edad.
  • Solicitantes de asilo: mientras su trámite esté en proceso.
  • Víctimas de violencia: cónyuges e hijos que presentan solicitudes bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés).
  • Víctimas de trata de personas.
  • Beneficiarios de Unificación Familiar: bajo la sección 301 de la Ley de Inmigración de 1990.
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