El USCIS extendió el Estatus de Protección Temporal para este país

El TPS evita la deportación de sus beneficiarios de Estados Unidos cuando las condiciones en sus países de origen no garantizan un retorno seguro.

Por: Ariadna Roble | DigitalRoom
Fachada del USCIS
Crédito: Shutterstock

El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) permite a los extranjeros que ingresan a Estados Unidos su permanencia y no deportación a su país de origen, ya que no pueden regresar de forma segura debido a un conflicto armado, un desastre natural, una epidemia u otras condiciones. Además, también les brinda la posibilidad de acceder a un trabajo a través del Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés).

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EU (USCIS, por sus siglas en inglés) anunció la extensión del TPS para los beneficiarios de un determinado país. Se trata de Yemen, tal como confirmó el secretario de Seguridad Nacional, Alejandro N. Mayorkas. “Yemen lleva en un estado de conflicto prolongado la última década y limita severamente el acceso de los civiles al agua, los alimentos y la atención médica. Esto ha llevado al país al borde del colapso económico y ha impedido a los ciudadanos que viven en el extranjero regresar de forma segura”, alegó.

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La validez se extenderá durante 18 meses, desde el 4 de septiembre del 2024 al 3 de marzo del 2026. Así, alrededor de 1,700 yemeníes que residan en EU desde el 2 de julio de este año podrán presentar su solicitud inicial de Estatus de Protección Temporal. Asimismo, aproximadamente 2,300 beneficiarios conservarán su estatus hasta la fecha indicada.

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¿Cuál es el plazo del trámite para el TPS?

Los beneficiados elegibles deben realizar la inscripción en el período de 60 días que se extiende desde el 10 de julio al 9 de septiembre del 2024. Así podrán mantener su TPS y su EAD. En tanto, también podrán recibir una notificación de ayuda estudiantil especial para estudiantes no inmigrantes F-1 oriundos de Yemen.

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Aquellas personas que presenten su solicitud al USCIS luego del 10 de julio, no necesitarán volver a enviar ni el formulario I-821 o Solicitud de Estatus de Protección Temporal, ni el formulario I-765 o Solicitud de Autorización de Empleo.

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