¿Tu propiedad está en riesgo ante las reformas a la Constitución de la CDMX?

Muchas personas se preguntan si podrían perder su propiedad o inmueble con las reformas a la Constitución de la CDMX, y esto es lo que dicen los expertos.

Por: Javier Arroyo | Marktube
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Crédito: Pexels | Foto de PhotoMIX Company

Existen muchos mitos y leyendas en torno a la modificación a la Constitución de la CDMX, y una de ellas tiene que ver con la propiedad de las personas, pues muchos aseguran que está en riesgo y podrían perderla. Pero, ¿qué dicen los expertos al respecto?

Recientemente fue eliminado el concepto de “Propiedad Privada” del Artículo 3° de la Constitución Política de la CDMX, lo que ha creado una gran incertidumbre para los pobladores de la capital, quienes se preguntan si podrían perder su propiedad.

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¿Qué dicen los expertos?

Ante el temor y la incertidumbre que existe entre los pobladores de la Ciudad de México, los expertos han revelado que, aunque el concepto de propiedad privada haya sido removido de la Constitución de la CDMX, este derecho sigue estando garantizado por el Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En ese sentido, Yuri Pavón Romero, profesor de Derecho Constitucional y Administrativo de la UNAM, declaró que “eliminar el término o concepto de propiedad privada de primera instancia puede generar muchas suspicacias, pero inmediatamente después el Artículo 3° de la Constitución, la nueva redacción, determina que va a estar regulado o protegido el sistema de propiedad, en los mismos términos que el Artículo 27 de la Constitución, entonces están haciendo un homologamiento. ¿Qué quiere decir que la redacción, que impera hoy en la Ciudad de México?, dice que se va a proteger la propiedad privada en los términos de lo que habla la Constitución Federal”.

Por su parte, Rodrigo Guerra Wong, un abogado postulante, declaró que “otro tema, por ejemplo, del 27 constitucional que ahora se vería en la Constitución de la Ciudad de México, es el que se hable de las expropiaciones, y digo porque lo mencionan. Número uno, porque en efecto en el 27 de la Constitución Federal se habla de que se puede expropiar, siempre y cuando lo que se busque es un bien mayor cuando se tenga que favorecer a la colectividad, por supuesto procede una expropiación”. Por ello, instaron a la población a estar tranquila y no caer en información falsa, pues no existe riesgo de que pierdan su inmueble o su propiedad.

¿Qué es la propiedad privada?

La propiedad privada es un concepto legal y económico que se refiere al derecho exclusivo de un individuo o una entidad sobre un bien o activo, lo que les otorga el control sobre su uso, goce, disfrute y disposición. Este tipo de propiedad puede incluir bienes tangibles como tierras, casas y automóviles, y bienes intangibles como acciones, patentes o derechos intelectuales.

Características de la propiedad privada:

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  • Derecho de uso: El propietario tiene la libertad de usar su propiedad como desee, siempre y cuando no infrinja leyes o derechos de terceros.
  • Derecho de exclusión: El propietario puede decidir quién tiene acceso a su propiedad y quién no, lo que le permite proteger sus bienes de uso no autorizado.
  • Derecho de transferencia: La propiedad privada puede ser vendida, arrendada, heredada o transferida a otros, según la voluntad del propietario.
  • Limitaciones: Aunque la propiedad privada da derechos extensos, puede estar sujeta a restricciones legales (por ejemplo, regulación gubernamental, impuestos sobre la propiedad, zonificación).

¿Cuál es la diferencia con la propiedad pública?

La propiedad pública pertenece al Estado o a la comunidad, y está destinada al uso colectivo como parques, calles, y edificios gubernamentales, mientras que la propiedad privada pertenece a individuos o entidades.

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