El trámite del SAT obligatorio para algunos antes del 17 de junio

Si eres contribuyente con RFC, debes seguir y respetar tus obligaciones fiscales. Por ejemplo, cumplir con el trámite del SAT antes del 17 de junio.

Por: Allyson Torres | Marktube
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El trámite del SAT obligatorio para algunos antes del 17 de junio.
Foto de Ono Kosuki en Pexels.

Una vez parte del Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del Servicio de Administración Tributaria (SAT), tienes que cumplir con ciertos puntos tributarios establecidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Entre estas, se encuentra el trámite del SAT obligatorio para algunos antes del 17 de junio de 2024.

¿Cuál es el trámite del SAT obligatorio para antes del 17 de junio?

De acuerdo con el SAT, los contribuyentes obligados deben presentar la Información de Operaciones con Terceros (DIOT) antes del 17 de junio de este año. Este trámite del organismo en turno es esencial para mantener al día las obligaciones fiscales.

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¿Qué contribuyentes no tienen obligación de presentar el trámite al SAT?

Según lo establece el SAT, las personas físicas con actividades empresariales, profesionales o ingresos por arrendamiento que no superen los cuatro millones de pesos en el ejercicio fiscal están exentas. También, aquellos que están iniciando sus actividades y no esperan superar dicho límite de ingresos no necesitan realizar este trámite del SAT.

¿Qué hacer para presentar el trámite de DIOT ante el SAT?

Ahora bien, para aquellos que deben presentar la DIOT, el trámite del SAT, aquí están los pasos a seguir:

  • Descarga la DIOT: Visita el apartado de Contenidos relacionados en la página oficial del SAT para descargar la aplicación.
  • Instala la aplicación: Sigue las indicaciones del asistente de instalación.
  • Llena el formulario: Escribe los datos solicitados en el formulario DIOT.
  • Genera el archivo .dec: Una vez llenado el formulario, genera el archivo con extensión .dec.
  • Inicia el proceso: Haz clic en el botón Iniciar dentro de la aplicación.
  • Envía el archivo .dec: Finalmente, envía el archivo generado al SAT.

Cabe señalar que este trámite del organismo en mención se puede presentar de manera mensual o semestral, y la fecha límite es el día 17 del mes posterior al que se refiere la información. Su cumplimiento es vital para evitar sanciones y mantener en orden las obligaciones fiscales.

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