El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha establecido nuevas regulaciones para asegurar que los individuos cumplan con sus obligaciones fiscales de manera eficiente y segura. En este sentido, existen dos trámites esenciales que todos los contribuyentes deben realizar, y no cumplir con ellos podría acarrear sanciones.
¿Qué trámites debes realizar para evitar sanciones del SAT?
El Buzón Tributario es obligatorio para todos los individuos inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), salvo en ciertos casos específicos. Las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica o con situación fiscal suspendida tienen la opción de habilitarlo, mientras que las personas morales en situación fiscal de suspendidos también pueden optar por activarlo. Sin embargo, aquellos que estén en situación de cancelados están exentos de habilitar esta herramienta.
Para los contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), es fundamental cumplir con la obligación de activar su buzón tributario y generar su e.firma antes del 31 de diciembre de 2025. Si no se realiza este trámite y otras obligaciones del régimen, el SAT podría cambiar su situación fiscal, ubicándolos en el Régimen de Persona Física con Actividad Empresarial y Profesional o en el Régimen de Arrendamiento, lo que podría resultar en sanciones.
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¿Qué hacer si no recibo el código de activación del Buzón Tributario?
Si al registrar tu número de celular como medio de contacto para activar el Buzón Tributario no recibes el código de activación por mensaje de texto (SMS), primero verifica que el número esté correctamente registrado con los 10 dígitos correctos. Si pasadas 72 horas no has recibido el código, repite el procedimiento de registro y confirmación.
En caso de que el problema persista, la institución recomienda presentar un caso de aclaración a través del Portal del SAT para resolver cualquier inconveniente y asegurarte de que tu buzón tributario esté debidamente habilitado.
Recuerda que, además de la activación del Buzón Tributario, también es importante generar la e.firma en las oficinas del SAT, la cual tiene una vigencia de cuatro años. Asegúrate de cumplir con estos trámites para evitar complicaciones con tu situación fiscal.