Esto pasará con dueños de tienditas tras advertencia del SAT por regulación fiscal

¡Cuidado! El SAT advierte regulación fiscal a tienditas y otros negocios de pequeños y micro emprendedores.

Por: Guadalupe Mendoza | Marktube
TV Azteca Especiales
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SAT advierte regulación fiscal; esto pasará con dueños de tienditas
Pexels / Mehrad Vosoughi

El Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) dio a conocer que este 2025 comenzará con la aplicación de la regulación fiscal para todos los pequeños y micronegocios, por lo que emitió una alerta dirigida a los emprendedores que cuenten con tienditas, papelerías, barberías, salones de belleza, entre otros negocios locales.

De acuerdo con el SAT, estos micronegocios podrán registrarse bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), con el que podrán realizar sus declaraciones mensuales y anuales, además del pago de impuestos.

¿Qué pasará con las tienditas tras la regulación fiscal del SAT 2025?

Todos aquellos pequeños y micro emprendedores cuyos ingresos anuales no superen los 3.5 millones de pesos mexicanos deberán darse de alta en RESICO o permanecer bajo este régimen presentando un aviso de actualización de actividades económicas ante el SAT antes del próximo 31 de enero de 2025.

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Esta advertencia del SAT también traerá facilidades en el pago del impuesto sobre la renta o ISR pues podrán contar con tasas mínimas y un cálculo automático de sus obligaciones fiscales .

Además, a través de este régimen, los profesionistas o micro emprendedores tendrán tasas preferenciales que van desde el 1% hasta el 2.5%, de acuerdo a los montos que declaren como sus ingresos en cada periodo fiscal.

Este programa no podrá beneficiar a algunos contribuyentes, especialmente a aquellos que ya estuvieron en alguno de los programas de condonación de impuestos que se pusieron en marcha en los años 2000, 2007 y 2013.

Además, aquellas personas físicas que hayan sido acusadas y sentenciadas por delitos fiscales o por la emisión y uso de facturas falsas, tampoco podrán beneficiarse de dicho programa.

El SAT precisó que las personas morales también podrán darse de alta en RESICO siempre y cuando no cuenten con ingresos que sean mayores a 35 millones de pesos anuales, por lo que las empresas locales a cargo de grupos de personas también podrán participar, mientras que los microempresarios podrán registrarse como personas físicas.

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