Predial: Este es el descuento por pago anticipado en enero

Uno de los impuestos que debes pagar a principios de año es el predial, el cual contará con un descuento para quienes paguen anticipadamente.

Por: Javier Arroyo | Marktube
TV Azteca Especiales
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Crédito: X | @ChilangoCom

Cada que comienza un nuevo año, hay que realizar una serie de trámites y pagos de impuestos como la tenencia vehicular y el predial. En esta ocasión, hablaremos sobre el segundo, el cual cuenta con un descuento para quienes realicen su pago anticipado en el mes de enero.

¿Qué es el predial?

El predial es un impuesto que deben pagar los propietarios de bienes inmuebles (casas, departamentos, terrenos, etc.) por el derecho a tener una propiedad en un municipio o en la Ciudad de México.

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El predial es una obligación fiscal anual que tienen todos los propietarios de inmuebles en el país, pues financia servicios públicos como el alumbrado, la seguridad y el mantenimiento de las calles. No obstante, tiene un importante descuento para quienes realicen su pago de forma anticipada.

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¿De cuánto será el descuento en el pago del predial?

El Gobierno de la Ciudad de México, a través de la Secretaría de Administración y Finanzas, dio a conocer los descuentos al realizar el pago anual anticipado del predial.

Por medio de sus redes sociales, la Secretaría de Administración y Finanzas informó que los capitalinos que anticipen su pago anual del predial en 2025, podrán obtener un descuento del 8 por ciento si lo realizan en enero y del 5 por ciento si lo hacen en febrero.

¿Cómo realizar el pago del predial?

Para realizar el pago del predial, únicamente necesitarás tener a la mano tu cuenta predial e ingresar al sitio web finanzas.cdmx.gob.mx o a la aplicación de Tesorería CDMX.

El pago también puede realizarse en los más de 8 mil 800 centros auxiliares, tales como bancos, kioscos, farmacias, tiendas departamentales, tiendas de conveniencia, entre otros.

¿Cómo ser beneficiario de la cuota bimestral de 65 pesos?

Otro de los beneficios, es que los propietarios de cuyos inmuebles que habitan, tengan un valor catastral no excedente de dos millones 702 mil 787 pesos y su uso sea exclusivamente habitacional y que además, acredite ser:

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  • Jubilado
  • Pensionado (por cesantía en edad avanzada, por vejez, por incapacidad por riesgos de trabajo, por invalidez
  • Viuda pensionada
  • Huérfano pensionado
  • Cónyuge superviviente del propietario
  • Mujer separada
  • Divorciada
  • Jefa de hogar
  • Madre soltera (demostrar que tiene dependientes económicos o dependientes con discapacidad temporal o permanente)

Pueden ser beneficiarios de la cuota bimestral de 65 pesos y deberán presentar a más tardar el 31 de diciembre de 2025, ante cualquier Administración Tributaria o Administración Auxiliar, en original y copia para cotejo, los siguientes documentos:

  • Boleta Predial (Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial), en la que conste el nombre del Propietario
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) en caso de que la identificación oficial no la contenga
  • Identificación oficial vigente con fotografía
  • Comprobante de domicilio (siempre y cuando se encuentren a nombre del contribuyente y el domicilio corresponda al inmueble que habita, respecto del cual se aplicará únicamente el beneficio fiscal)
  • Documento que acredite su condición
  • Cónyuge superviviente del propietario
  • Llenar el Formato de manifestación bajo protesta de decir verdad
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