Este es el porcentaje límite deducible en gastos médicos ante el SAT

Los gastos de atención a la salud son una de las opciones que admite el SAT para deducir impuestos. Pero, ¿cuál es el porcentaje máximo? ¡Descúbrelo aquí!

Por: Allyson Torres | Marktube
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Este es el porcentaje límite deducible en gastos médicos ante el SAT.
Foto de Karolina Grabowska en Pexels.

Una de las alternativas que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) admite para deducir impuestos se concentra en los gastos relacionados con la atención médica y servicios de salud, un hecho que no todos los contribuyentes conocen de acuerdo con el Artículo 151 de la Ley de Impuestos Sobre la Renta (ISR). Pero, ¿cuál es la cantidad límite deducible en gastos médicos?

¿Cuál es el porcentaje establecido por la ley?

La Ley en turno establece que los contribuyentes registrados ante el SAT pueden deducir hasta un 15% del total de sus ingresos por conceptos de gastos médicos. Del mismo modo, estas deducciones no pueden exceder de cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

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¿Cuáles son los gastos médicos que pueden deducir impuestos ante el SAT?

Entre los gastos médicos deducibles ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) se encuentran los pagos por honorarios médicos y dentales, así como los servicios profesionales en psicología y nutrición siempre y cuando estos se encuentren registrados por las autoridades competentes y tengan un título legalmente expedido, pues de lo contrario no se podrán deducir.

Cabe señalar que estos pagos se pueden realizar tanto por los contribuyentes como por alguien que vaya en su representación; es decir, una persona que actúe como cónyuge, concubino, ascendientes o descendientes en línea recta. En ese sentido, el SAT pone la condición de que no perciban ingresos arriba del salario mínimo general anual, por lo que los pagos deben ser por medio de cheques nominativos, transferencias electrónicas o tarjetas de crédito.

Por último, el SAT también acepta la deducción de gastos relacionados con incapacidades laborales que están certificadas por instituciones públicas de salud y los que están derivados de discapacidades reconocidas por la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad.

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