Pensión IMSS: El trámite obligatorio que debes hacer para evitar multas ante el SAT?

De acuerdo el SAT, quienes reciban su pensión del IMSS o ISSSTE tienen que realizar un trámite obligatorio para evitar multas. Te decimos de qué se trata.

Por: Luis Antonio Ortega Reynoso | Marktube
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Crédito: Pexels / SHVETS production

Si te encuentras jubilado y disfrutando de tu merecido descanso con la Pensión IMSS o ISSSTE , es posible que te hayas sorprendido al enterarte de un trámite obligatorio que debes cumplir para evitar complicaciones con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México.

Aunque ya no estés activo laboralmente, es importante estar al tanto de tus obligaciones fiscales para evitar multas y problemas con el fisco. Te contamos todo lo que debes saber al respeto.

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¿Cuál es el trámite obligatorio que debes hacer si recibes la pensión IMSS O ISSSTE para evitar multas ante el SAT?

De acuerdo con la información proporcionada por el SAT , los jubilados y pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado que están obligados a presentar la Declaración Anual son aquellos cuyos ingresos anuales exceden los 400 mil pesos.

Además, este requisito se extiende a aquellos pensionados que reciben dos o más ingresos por pensión, incluso si individualmente estos no alcanzan los 400 mil pesos anuales. Adicionalmente, se considera obligatorio para los jubilados y pensionados que perciben ingresos adicionales provenientes de arrendamiento o actividad empresarial, independientemente del monto de sus pensiones.

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¿Quiénes no deben presentar su Declaración Anual?

Es importante destacar que si tus ingresos anuales por jubilación o pensión no alcanzan los 400 mil pesos, no estás obligado a presentar la Declaración Anual.

¿Cómo presentar la Declaración Anual ante el SAT?

Para poder realizar la Declaración Anual es esencial contar con una contraseña o con la e.firma actualizadas . La contraseña se invalida si no se registra actividad durante tres años consecutivos, mientras que la e.firma tiene una vigencia de 4 años. Asegúrate de tener estos requisitos al día para cumplir con tu obligación fiscal sin contratiempos.

Recuerda, aunque estés jubilado y disfrutando de tu pensión del IMSS o ISSSTE, es crucial cumplir con la Declaración ante el SAT si cuentas con los criterios establecidos por la autoridad fiscal.

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