La Declaración Anual en México es más que un trámite fiscal; es una oportunidad para regularizar nuestra situación con el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ) y, al mismo tiempo, aprovechar los beneficios que ofrece el sistema tributario. Pero, ¿a quiénes se les regresará el saldo a favor y por qué?
¿Qué es la Declaración Anual y cuál es su importancia?
Primero, recordemos qué implica la Declaración Anual. Este proceso, tanto para personas físicas como morales, consiste en informar al SAT sobre los ingresos y deducciones anuales por concepto del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
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Es una responsabilidad fundamental dado que permite reportar gastos para deducir impuestos y, en muchos casos, obtener un saldo a favor que implica pagar menos tributos o incluso recibir una devolución de impuestos; además, cumplir con esta obligación fiscal evita sanciones y multas.
¿A qué personas sí se les regresará el saldo a favor de la Declaración Anual, según el SAT?
Ahora bien, el SAT ha establecido criterios específicos para determinar quiénes recibirán una devolución automática del saldo a favor de la Declaración Anual.
Dicho lo anterior, el SAT efectuará una devolución automática a personas físicas que cumplan con requisitos específicos, los cuales son: presentar la declaración anual de impuestos de manera electrónica antes del 30 de abril y optar por la devolución automática al hacer la declaración.
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Además, deberán realizar la declaración anual utilizando contraseña si el saldo a favor es igual o menor a 10 mil pesos, o con e.firma si supera los 10 mil y no excede los 150 mil pesos. En ambos casos, se solicita una cuenta CLABE activa a 18 dígitos a nombre del contribuyente.
¿Quiénes no recibirán una devolución de la Declaración Anual?
En contraste, la devolución automática no aplicará en casos donde el saldo a favor supere los 150 mil pesos, se hayan obtenido ingresos por bienes o negocios en copropiedad, sociedad conyugal o sucesión, o haya estado suspendido en el Registro Federal de Contribuyentes ( RFC ) durante el ejercicio correspondiente.
Además, si el contribuyente figura como no localizado en su domicilio fiscal registrado ante el SAT, a menos que solo reciba sueldos y salarios, o si la solicitud de devolución no corresponde al ejercicio fiscal del año 2023, tampoco será elegible para la devolución automática.
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Por último, presentar la declaración con contraseña cuando está obligado a hacerlo con e.firma, registrar la solicitud de devolución antes de obtener el resultado de la declaración, no seleccionar la opción de devolución al presentar la declaración anual, presentar este proceso después del 31 de julio de 2024, tener certificados de sellos o firmas digitales revocados, o estar en la lista de contribuyentes incumplidos publicada por el SAT, también son razones por las cuales la devolución automática no procederá.