En México, muchas empresas suelen cometer abusos o maltratar a sus empleados, pero para evitar este tipo de situaciones existe la Ley Federal del Trabajo (LFT), la cual establece las obligaciones y prohibiciones que los patrones tienen hacia los trabajadores. Según el artículo 133 de esta ley, hay 10 acciones que los jefes no pueden llevar a cabo ya que son consideradas ilegales. A continuación, te detallo cuáles son esas actividades prohibidas.
¿Cuáles son las prohibiciones de los patrones?
La Ley Federal del Trabajo tiene como objetivo principal promover la igualdad y la no discriminación, proteger los derechos de los trabajadores mexicanos y regular las relaciones laborales de manera justa y equitativa. Desde su implementación hasta la actualidad, se han establecido ciertas prohibiciones para los empleadores con el fin de prevenir abusos o aprovechamientos hacia estos. Algunas de estas prohibiciones incluyen:
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- Negar la contratación de un individuo por motivos de origen étnico, nacionalidad, género, edad o discapacidad.
- Interferir en la afiliación o retiro sindical de los trabajadores.
- Entrometerse en la formación o el desarrollo interno del sindicato.
- Realizar propaganda política o religiosa en el lugar de trabajo.
- Presentarse en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.
- Ejercer actos de hostigamiento o acoso sexual.
- Permitir o tolerar el acoso sexual en el centro laboral.
- Despedir a un trabajador que tenga calidad de desaparecido y que cuente con Declaración Especial de Ausencia.
- Exigir certificados médicos de no embarazo para brindar empleo, permanencia o ascenso en el lugar de trabajo.
- Despedir a una trabajadora o presionarla para que renuncie por estar embarazada, cambiar de estado civil o cuidar de hijos menores.
Ley Federal del Trabajo: ¿Cómo hacer valer mis derechos?
Si un trabajador considera que sus derechos laborales han sido vulnerados o necesita asesoramiento, puede presentar una denuncia ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet). Las formas de contacto son las siguientes:
- Vía telefónica: Líneas gratuitas desde el interior de la República al 01 800 911 7877 y 01 800 717 29 42, con horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas. El buzón de voz está disponible de 20:01 a 07:59 horas y los fines de semana.
- Correo electrónico: orientacionprofedet@stps.gob.mx.
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