La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece una serie de acciones que debes evitar para no ir a prisión y proteger tu integridad laboral. Por ejemplo, actos de violencia, revelación de secretos industriales, daños intencionales a bienes de la empresa, acoso sexual y consumo de drogas en el entorno laboral. Estas faltas graves pueden terminar en consecuencias legales que justifican el despido y pueden derivar en sanciones penales según la gravedad del acto.
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¿Cuáles son las acciones que debes evitar para no ir a prisión?
Como ya decíamos, entre las acciones que debes evitar para no ir a prisión, están la violencia física o verbal contra compañeros y superiores (art. 47, fracción II), ya que esto puede constituir un delito si representa una amenaza real. Así mismo, la revelación de secretos industriales (art. 47, fracción IX) es una falta grave, puesto que se considera espionaje industrial y puede acarrear consecuencias legales.
Otro punto crítico es dañar intencionalmente los bienes de la empresa, como maquinaria o instalaciones (art. 47, fracción V), lo cual es considerado un delito de daño patrimonial.
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El acoso sexual y el hostigamiento figuran entre las acciones que debes evitar para no ir a prisión. En particular, la LFT lo prohíbe en el artículo 133, fracción XII, al establecer sanciones para quienes incurran en este comportamiento. Por último, el consumo de alcohol o drogas durante la jornada laboral (art. 47, fracción XIII) compromete la seguridad en el trabajo y puede ser motivo de sanción.
¿Qué señala el artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo en México?
El artículo 133 de la Ley Federal del Trabajo establece las prohibiciones para los empleadores en sus relaciones laborales con los trabajadores. Su objetivo es garantizar un ambiente de respeto, igualdad y justicia en el entorno laboral, eliminando cualquier forma de discriminación o trato indebido. Tal cual se describía antes, este artículo prohíbe que los empleadores ejerzan actos de discriminación por motivos de género, edad, discapacidad, condición social, religión, preferencias sexuales, origen étnico, estado civil o cualquier otro que atente contra la dignidad humana.
Seguidamente, el artículo 133 prohíbe la coacción para que el trabajador se afilie a determinado sindicato o vote en cierta dirección en cuestiones sindicales, y cualquier intento de represalia por ejercer sus derechos laborales. También, establece que los empleadores no pueden obligar a sus trabajadores a comprar en tiendas o lugares específicos, ni a participar en actividades que no estén relacionadas con sus obligaciones laborales. En general, este artículo es una medida para proteger los derechos fundamentales de los trabajadores y fomentar un entorno de respeto e imparcialidad en las relaciones de trabajo.
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