Declarar impuestos es una obligación que casi todos debemos cumplir, por ello el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene diversas disposiciones para que las personas puedan realizar su declaración en tiempo y forma.
La declaración de impuestos depende del régimen fiscal en el que los contribuyentes estén inscritos ante el SAT; sin embargo, existen algunas consideraciones que están estipuladas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) para las personas que ganan el salario mínimo en México.
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Por tal motivo, surge una gran interrogante entre los trabajadores: ¿Qué salario deben tener los empleados para estar exentos del pago de impuestos ante el SAT ?
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¿Qué salario debes tener para declarar impuestos?
De acuerdo con la Ley del Impuesto Sobre la Renta, está prohibida la retención del gravamen a aquellas personas que ganan el salario mínimo mensual o cercano a este. No obstante, esto no aplica para las personas que cobran por honorarios, ya que sin importar el monto, tienen la obligación de realizar su declaración de impuestos ante el SAT.
¿Las personas que ganan el salario mínimo no están obligados a pagar impuestos?
El SAT menciona que si se gana el salario mínimo, no se está obligado a presentar la declaración de impuestos, es decir, aquellos trabajadores que reciben su sueldo a través de una nómina y ganan alrededor de 207 pesos diarios, no deberán preocuparse por el pago tributario.
Fue a través del boletín número 001/2023 de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), que se dio a conocer el incremento del 20% al salario mínimo, quedando establecido en 207.44 pesos diarios. Mientras que, en la zona libre de la Frontera Norte, compuesta por 43 municipios de los estados de Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas; los trabajadores reciben 312.41 pesos diarios como pago mínimo.
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¿Qué personas sí declaran impuestos?
Como mencionamos anteriormente, la declaración de impuestos depende del régimen fiscal bajo el que estén inscritas las
personas ante el SAT
. Aquí la lista de los seis regímenes que reconoce el Servicio de Administración Tributaria.
- Resico: Para personas que realizan actividades empresariales o profesionales que no sobrepasen ingresos por 3.5 millones de pesos.
- Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Electrónicas: Productores de aplicaciones o arrendadores, a través de medios digitales.
- Régimen de Arrendamiento: Contribuyentes cuyos ingresos provengan de la renta de inmuebles.
- Actividades empresariales y profesionales: Para aquellos que realizan actividades comerciales, industriales, profesionales o empresariales.
- Sueldos y salarios: Los trabajadores de empresas, que son asalariados y aparecen en la nómina.
- Régimen fiscal de intereses: Personas que obtengan ingresos por medio de inversiones.
El SAT da a conocer el listado de disponibilidad de citas para atención presencial en los módulos y oficinas desconcentradas en las 32 entidades del país.
— SATMX (@SATMX) July 24, 2023
Semana del 24 al 28 de julio:
92% Disponibilidad alta
7% Disponibilidad media
1% Disponibilidad baja pic.twitter.com/nK84GpBVob