Miles de trabajadores mexicanos tienen derecho a recibir los recursos de su cuenta Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), siempre y cuando realicen un retiro voluntario o lleguen a la etapa de jubilación.
Es preciso señalar que el dinero ahorrado en la Afore, podrá ser retirado en su totalidad, si la persona llega a la edad de 60 y 65 años.
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¿Cómo retirar dinero de la Afore?
De acuerdo con el Instituto del Seguro Social (IMSS), en caso de ya no trabajar, los interesados podrán disponer de sus recursos, una vez concluido el trámite de jubilación ante la institución. Este retiro es por el total de los recursos, pero para realizarlo, la persona deberá contar con 60 años al día de la solicitud de la pensión por cesantía en edad avanzada y 65 para la de vejez.
Posteriormente, tras recibir la resolución del IMSS, el usuario deberá acudir a las oficinas del banco o institución en la que se encuentra su Afore y pedir el acumulado que tenga en su cuenta, o lo que le corresponda.
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Para el caso del retiro de ahorro voluntario de la Afore, los interesados podrán disponer de ese dinero en cualquier momento. No obstante, se podrá fijar a mediano plazo por 5 años, pero si se desea disponer antes del monto acumulado, le será retenido un impuesto.
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¿Qué es el retiro de ahorro voluntario?
Es el trámite mediante el cual el trabajador dispone de manera parcial o total, de los recursos depositados en la subcuenta de Aportaciones Voluntarias, de la cuenta de ahorro para el retiro.
¿Qué otros retiros se pueden hacer?
Existe el retiro parcial por desempleo, que se podrá llevar a cabo, siempre y cuando el interesado esté sin trabajo durante al menos 46 días, cuente con Afore, no haya realizado este trámite en al menos cinco años y tenga un expediente de identificación.
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Una vez cumplidos los requisitos, el interesado deberá acudir a la sucursal de la Afore y presentar su solicitud, así como una identificación oficial vigente, Número de Seguridad Social (NSS) y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
El interesado podrá solicitar al menos 30 días de su último salario base de cotización, con un límite de 10 Unidades de Medida de Actualización (UMA). También se pueden hacer retiros por matrimonio, equivalentes a 30 veces el valor de la UMA.
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