¿En qué casos te pueden descontar dinero del aguinaldo?

El aguinaldo es un derecho de todos los trabajadores de México; sin embargo, existen algunas razones por las que se pueden hacer descuentos.

Por: Javier Arroyo | Marktube
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Cada vez falta menos para que las y los trabajadores de México reciban su tan esperado aguinaldo, prestación que está contemplada en la ley y que se paga cada año; sin embargo, muchas personas se preguntan si les pueden aplicar algunos descuentos y cuáles son. A continuación te lo decimos.

¿Qué es el aguinaldo y cuándo lo dan?

El aguinaldo es una prestación obligatoria que debe pagarse a los empleados mexicanos, establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en el cuál se lee que “todas las personas trabajadoras tendrán derecho a recibir, cada año, un aguinaldo que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario como mínimo”.

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De acuerdo con el Ley Federal del Trabajo (LFT), el aguinaldo es irrenunciable y debe ser entregado antes de la fecha señalada en el párrafo anterior. Esta prestación es un derecho y no un regalo, por lo que los y las trabajadoras tendrán que recibirlo íntegro y en dinero, no en especie.

¿El aguinaldo se puede pagar en especie?

En caso de que el patrón, empleador o empresa alegue dificultades económicas para el pago del aguinaldo y ofrezca compensarlo en especie, con algún tipo de mercancía, la ley lo prohíbe expresamente, pues señala que debe ser liquidado en efectivo o depósito bancario, con la moneda en curso legal.

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Por lo que no está permitido hacerlo en especie, ya sea mediante vales, fichas o cualquier otro tipo de mercancía que pretenda sustituir a la moneda. De igual forma, la ley contempla que no está permitido hacer descuentos al aguinaldo, únicamente si se trata de anticipos a cuenta de esta remuneración, o por el pago de una pensión alimenticia.

¿Pueden descontarte el aguinaldo?

La ley establece una excepción en la que sí se le puede descontar a un trabajador parte de su aguinaldo y tiene que ver con aquellos que estén obligados a pagar una pensión alimenticia, ya que es un derecho humano y además está garantizado.

La Suprema Corte de la Nación (SCJN) estableció que a los trabajadores que deban pagar pensión alimenticia, se les descontará una cantidad de todos los ingresos que reciban como prestación de trabajo, ya sean salarios, primas, gratificaciones, bonos, aguinaldo, entre otros.

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El descuento deberá hacerse de forma directa para garantizar la alimentación al menor o los menores y, en el caso del aguinaldo, se tendrá que descontar entre un 25 y 30 por ciento, aunque existen casos en los que el monto puede llegar a un 50%.

También se pueden hacer descuentos por préstamos o créditos adquiridos con la empresa. En caso de que el empleado presente atraso en los pagos.

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