Afore: Condiciones y requisitos para retirar tu dinero en 2025

Para acceder a los fondos de su Afore, los trabajadores deben cumplir con requisitos específicos y presentar documentación en la institución correspondiente.

Por: Erika Nejapa | Marktube
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Afore: Condiciones y requisitos para retirar tu dinero en 2025
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En México, las Afores son las instituciones encargadas de administrar los fondos de los trabajadores para asegurar que cuenten con recursos suficientes al momento de su retiro laboral. Estas cuentas individuales se nutren de las aportaciones del trabajador, su empleador y el gobierno, con el objetivo de respaldar el bienestar financiero en la jubilación. Si te preguntas cómo y cuándo puedes retirar el dinero de tu Afore en 2025, aquí te explico los diferentes escenarios y requisitos que debes tener en cuenta.

¿Cuáles son las opciones para retirar dinero de tu Afore en 2025?

La ley establece diversas circunstancias bajo las cuales es posible acceder a los fondos de tu Afore, cada una con sus condiciones y requisitos específicos. A continuación te detallo los escenarios más comunes:

1. Retiro por desempleo

Si pierdes tu empleo y dejas de cotizar al IMSS o ISSSTE durante un tiempo determinado, puedes acceder a los fondos de tu Afore. Este tipo de retiro es útil para aquellos que atraviesan una situación laboral difícil.

Requisitos:

  • Tener al menos 46 días naturales sin empleo.
  • Contar con un mínimo de 3 años de haber abierto tu cuenta Afore.
  • Haber cotizado al IMSS durante al menos 2 años.

Monto:

El retiro dependerá del saldo acumulado en tu cuenta, así como el tiempo que hayas cotizado.

2. Retiro por matrimonio

Este retiro está disponible si te casas por primera vez, y te permite disponer de una parte de los recursos de tu Afore para ciertos gastos relacionados con tu nuevo estado civil.

Requisitos:

  • Estar registrado en alguna Afore.
  • Tener al menos 150 semanas cotizadas ante el IMSS.
  • Presentar el acta de matrimonio.

Monto:

El monto máximo que puedes retirar es hasta 30 días de salario mínimo general vigente.

También te puede interesar: ¿Cómo es el trámite de designación de beneficiarios de tu AFORE? ¡Entérate aquí!

3. Retiro por pensión

Una vez que alcances la edad mínima para pensionarte o cumplas con los requisitos establecidos, podrás retirar el dinero acumulado en tu Afore . Dependiendo de tu situación, puedes elegir entre diversas opciones de retiro.

Requisitos:

  • Tener al menos 60 años de edad.
  • Haber cumplido con el número mínimo de semanas cotizadas, dependiendo del esquema (Ley 97 o Época 73).

Opciones de retiro:

  • Retirar el saldo total de la cuenta si no alcanzas las semanas cotizadas necesarias.
  • Contratar una renta vitalicia a través de una aseguradora.

4. Retiro por enfermedad o incapacidad permanente

Si padeces una enfermedad grave o una incapacidad permanente que te impide seguir trabajando, puedes acceder a los recursos de tu Afore para apoyarte durante tu proceso de recuperación o en el caso de una incapacidad permanente.

Requisitos:

  • Documentación médica que certifique tu enfermedad o incapacidad.

¿Cómo tramitar el retiro de dinero del Afore?

Si cumples con los requisitos para realizar un retiro, deberás acudir a la sucursal de tu Afore y presentar la siguiente documentación:

  1. Solicitud de disposición de recursos, la cual te proporcionará la Afore.
  2. Identificación oficial vigente (original):
    • Para mayores de edad: Credencial para votar (INE), pasaporte o matrícula consular.
    • Para menores de edad: Acta de nacimiento, pasaporte, o identificación oficial de quien ejerza la patria potestad o del tutor (INE, pasaporte o matrícula consular).
  3. Estado de cuenta bancario a nombre del trabajador o beneficiario, con cuenta CLABE de origen nacional o, si es el caso, una cuenta bancaria en el extranjero.

Una vez que presentes estos documentos, la Afore procesará tu solicitud. Si el depósito no puede realizarse por algún error en los datos de la cuenta CLABE o por rechazos bancarios, la institución se pondrá en contacto contigo para corregir la información. Si la entrega no se realiza en un plazo de 30 días naturales, los recursos serán reinvertidos en las subcuentas correspondientes.

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