El Servicio de Administración Tributaria, o SAT, ha compartido información importante para todos los contribuyentes, y es que algunos de ellos no se verán obligados a presentar la declaración anual el próximo 2025 debido a que sus ingresos no se considerarán suficientes para adquirir esta responsabilidad fiscal.
El SAT es el organismo que se encarga de la recolección de impuestos a través de diferentes cobros, algunos de ellos de manera automática y otros más a través de declaraciones mensuales y anuales en donde pueden presentarse saldos a favor y en contra de los contribuyentes, quienes podrían verse obligados a pagar impuestos pendientes o a solicitar la devolución de sus contribuciones a favor.
Estas personas no deberán presentar declaración anual ante el SAT
El SAT explicó que las personas que están exentas de presentar la declaración anual en 2025 son aquellas que obtuvieron ingresos por salario y de un solo patrón, sin importar que estos rebasaran el límite establecido. Lo anterior siempre y cuando se cuente con el CFDI de nómica y con la totalidad de los ingresos.
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También quedarán libres de presentar esta obligación fiscal quienes hayan obtenido ingresos por salarios y por intereses nominales que no superen los 20 mil pesos anuales de instituciones que formen parte del sistema financiero.
Por otra parte, existen algunos contribuyentes que sí deberán presentar su declaración anual ante el SAT o de lo contrario serán sancionados por las autoridades correspondientes. Quienes sí están obligados a esto pueden consultar todas las pautas en el sitio web oficial del organismo.
El SAT da a conocer el listado de disponibilidad de citas para atención presencial en los módulos y oficinas desconcentradas en las 32 entidades del país.
— SATMX (@SATMX) December 23, 2024
Semana del 23 al 27 de diciembre:
Disponibilidad alta 95%
Disponibilidad media 5%
Disponibilidad baja 0% pic.twitter.com/O3CV31O6ND
Algunas de las principales características de los contribuyentes obligados a presentar su declaración anual son:
- Que obtuvieran ingresos mayores a los 400 mil pesos anuales.
- Que hayan trabajado para dos o más patrones durante el mismo año fiscal.
- Si solicitó al patrón que no presente su declaración anual.
- Si dejó de trabajar antes de que concluyera el año 2024.
- Si obtuvo otros ingresos acumulables.