¡Adiós plagio! A partir de hoy la UNAM ya puede anular títulos universitarios

No más plagio: A partir de hoy la UNAM ya puede anular títulos universitarios; la legislación busca garantizar la autoría original de los trabajos académicos.

Escrito por: Ollinka Méndez

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La UNAM ya puede anular títulos universitarios en caso de plagio a partir de hoy
| UNAM

A partir de hoy la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) ya puede anular exámenes, títulos y grados de alumnas y alumnos, incluyendo egresados, que no hayan cumplido con los requerimientos de los mismos, como en los casos de plagio.

Lo anterior con la finalidad de garantizar la autoría original de los trabajos académicos presentados para una evaluación, buscando siempre la honestidad, así lo informó la UNAM.

De acuerdo con lo aprobado por el Consejo Universitario, en sus sesiones del 30 de marzo pasado, el día de hoy, viernes 14 de abril, entraron en vigor una serie de modificaciones y adiciones a diversos ordenamientos de la legislación de la casa de estudios para evitar casos de plagio.

Con estas modificaciones, la UNAM busca garantizar la integridad y honestidad académicas y prevenir o, en su caso, proceder en contra de faltas a este principio universitario en sus diferentes vertientes.

La UNAM ya puede anular títulos universitarios en caso de plagio

La Universidad Nacional puede ya anular, a partir de este día, exámenes, títulos y grados de alumnos y alumnas que no hayan cumplido a cabalidad los requerimientos para hacerse merecedores de los mismos. Las reformas a la legislación incluyen a egresados.

“Los consejos técnicos o los comités académicos, según corresponda, tendrán entre sus facultades establecer los mecanismos para garantizar la autoría original de los trabajos académicos presentados para una evaluación, buscando siempre asegurar la integridad y honestidad académica”, se lee en el comunicado.

Asimismo, en los casos de nulidad de exámenes , determinar la procedencia de aprobar un segundo proceso de titulación o graduación, de conformidad con el Reglamento General de Exámenes, previa valoración sobre la gravedad del caso.

También determinan que el título de licenciatura o título profesional se otorgará cuando se hayan acreditado todas las asignaturas o módulos del plan de estudios respectivo y cumplido satisfactoriamente con todos los requisitos de algunas de las opciones de titulación aprobadas por el consejo técnico o por el comité académico que corresponda y se haya suscrito la protesta universitaria de integridad y honestidad académica y profesional, conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Exámenes y demás ordenamientos aplicables.

UNAM: ¿Cuáles son los artículos que modificaron para evitar plagios?

Las adiciones y reformas que estarán vigentes a partir de esta fecha son: la modificación de los artículos 61 y 68, adición de los incisos g) y h) al artículo 62 del Reglamento General de Estudios Universitarios.

Entra en vigor la modificación de los artículos 1o. inciso c), 21, 24, 25, 26; la adición de los incisos c) y d) al artículo 30; la adición del Capítulo VII “De la integridad y honestidad académica”, artículos 32 al 39; y la adición del Capítulo VIII “De la interpretación del Reglamento”, artículo 40 del Reglamento General de Exámenes.

Por último, entra en vigor la modificación de los artículos 23, 27, 28 y 30 del Reglamento del Tribunal Universitario y de la Comisión de Honor, donde se establece, entre otros aspectos, que la Comisión de Honor del Consejo Universitario revisará las resoluciones emitidas por el Tribunal Universitario en los términos de los artículos 100 y 101 del Estatuto General, las de los Consejos Técnicos conforme al artículo 38 del Reglamento General de Exámenes y las del Comité Universitario de Ética.

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