Tribunal propone revocar nombramiento de Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León

El TEPJF expuso que está prohibido que una persona forme parte de dos Poderes, razón por la que Arturo Salinas no podrá ser gobernador interino de Nuevo León.

Escrito por: Alexis Pérez Cerino

Tribunal propone revocar nombramiento de Arturo Salinas como gobernador interino de Nuevo León
El TEPJF ordenó reponer el proceso de designación de gobernador interino | Congreso del Estado de Nuevo León.

La magistrada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Janine Otálora, propuso revocar el nombramiento de Arturo Salinas Garza como gobernador interino de Nuevo León , esto debido a que, al ser magistrado con licencia, no puede ocupar un cargo en el Poder Ejecutivo.

El TEPJF difundió el proyecto que será sometido a votación del pleno esta misma semana. En el documento, Janine Otálora precisó que, según la Constitución, está prohibido que una persona forme parte de dos o más Poderes de la Unión, por lo que Arturo Salinas tendría que renunciar al Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Por este motivo, la magistrada propondrá echar abajo el nombramiento como gobernador interino para ordenar la reposición del procedimiento.

Piden lograr consensos para designar a interino en Nuevo León

En su proyecto, Janine Otálora también exhortó a procurar generar condiciones de estabilidad para el correcto funcionamiento del gobierno de la entidad durante la designación de la persona que suplirá a Samuel García durante los próximos seis meses, tiempo que buscará la candidatura presidencial por Movimiento Ciudadano.

“Deberá generar los consensos necesarios al interior del Congreso, así como realizar una adecuada valoración, en plena libertad soberana, de la propuesta formulada por el gobernador constitucional”, añade el documento.

Quitan a aliado de Samuel García en Nuevo León

En el proyecto de resolución la magistrada también propuso rechazar que Samuel García pueda nombrar a su secretario de Gobierno, Javier Velasco, como el gobernador interino. Esto debido a que esa facultad solo se la confiere la Constitución cuando la licencia es menor a los 30 días.

“En caso de que la ausencia sea mayor a treinta días naturales, la Constitución local establece que será el Congreso del Estado quien habrá de designar una gubernatura interina. Esta gubernatura interina siempre será temporal, lo cual es coincidente con su naturaleza que opera para suplir ausencias de la titularidad de la gubernatura constitucional mayores a treinta días y hasta por seis meses”, explicó Janine Otálora.

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