La Suprema Corte del Reino Unido emitió este miércoles un fallo que redefine los alcances de la Ley de Igualdad de 2010, la cual establece los alcances de los derechos en lo que respecta a las personas transgénero. La decisión establece que los términos “mujer” y “sexo” solo aplican exclusivamente en referencia al sexo biológico, lo que excluye a las mujeres trans de ser consideradas legalmente mujeres bajo esa legislación específica.
La sentencia, dictada por una mayoría de cinco jueces, se produjo en respuesta a una demanda presentada por el grupo For Women Scotland (FWS), que impugnó las políticas del gobierno escocés dirigidas a incrementar la participación femenina en juntas directivas y cargos públicos. La organización argumentó que incluir a mujeres trans en esas cuotas equivaldría a no respetar dicha protección legal basada en el sexo biológico.
¿Por qué la Suprema Corte de Reino Unido tomó esa decisión?
El vicepresidente de la Suprema Corte, Lord Hodge, explicó que permitir que una mujer trans goce de la misma categoría legal protegida que una mujer “podría otorgarle mayores derechos legales”, sobre todo en áreas sensibles como el embarazo, la maternidad y el acceso a servicios exclusivos para mujeres, como refugios, vestuarios o alojamientos compartidos.
“La interpretación de la Ley de Igualdad de 2010 debe ligarse al sexo biológico”, sostuvo Hodge, quien también aclaró que esto no elimina los derechos de las personas trans, quienes pueden aún recurrir a protecciones legales por discriminación basada en la reasignación de género o la percepción social de su identidad.
¿Trans o no trans? Un debate con eco en todo el Reino Unido
Aunque el caso se originó en Escocia, el fallo impactará en todo el Reino Unido, reavivando el debate nacional cada vez más polarizado sobre los derechos de las personas trans, la definición legal de género y la delimitación de espacios segregados por sexo.
El gobierno escocés, contrario a la interpretación del tribunal, mantiene que una mujer trans debe ser reconocida legalmente como mujer, y, por tanto, tener acceso igualitario a protecciones en materia de discriminación.