¿La SCJN puede determinar si fue regular o no el proceso legislativo de la Reforma Judicial?

El Ministro Cossío señala que la SCJN es competente para determinar si fue regular o no el procedimiento legislativo que culminó con la aprobación de la Reforma Judicial.

Escrito por: Silvia Otero y Jennifer García

José Ramón Cossío

El Ministro en Retiro José Ramón Cossío, publicó su voto particular, en el que sostiene que la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para determinar si fue regular o no el procedimiento legislativo que culminó en la Reforma al Poder Judicial.

Además destacó que el Alto Tribunal puede analizar las acciones de inconstitucionalidad por violaciones en el proceso de reformas constitucionales, porque las Cámaras del Congreso de la Unión al ejercer sus facultades legislativas emiten normas generales y sus acciones pueden ser revisadas, ya sea para concretar una reforma legislativa o una reforma constitucional.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, es competente para que en una acción de inconstitucionalidad analice las leyes impugnadas, es decir, las determinaciones de carácter general tomadas por el Congreso de la Unión a las Legislaturas de los Estados al momento de procesar sus competencias particulares encaminadas a la realización ya sea de una reforma constitucional o, por supuesto, a la realización de una reforma legislativa de carácter ordinario.

Reforma Judicial fue publicada en el DOF, a pesar de la suspensión provisional

Cabe señalar que este domingo, mientras millones de mexicanos se preparaban para dar el Grito de Independencia, el presidente Andrés Manuel López Obrador y la presidenta electa, Claudia Sheinbaum dieron a conocer la publicación de la Reforma Judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Lo anterior tuvo lugar, a pesar de la suspensión provisional que otorgó el Juzgado Segundo de Distrito con sede en Colima, por el que no podía ser publicada dicha reforma en el DOF. Dicha medida se tenía que respetar al menos hasta el próximo 11 de octubre, fecha para la cual se habría otorgado o no la suspensión definitiva.

De igual forma, es importante recordar que también existían 4 suspensiones contra la discusión de la Reforma Judicial en el Senado de la República, las cuales no fueron tomadas en cuenta por los legisladores (al igual que las protestas por parte de los trabajadores del Poder Judicial que irrumpieron en el recinto, durante el primer intento de sesionar), quienes sesionaron de igual forma hasta aprobarla con 86 votos a favor y 41 en contra.

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