La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) alista un debate sobre la solicitud que formuló una persona para consumir con fines lúdicos y recreativos la psilocibina, un alucinógeno que se extrae de ciertos tipos de hongos.
La petición incluye además el uso de diversas variedades botánicas y productos biológicos a base de esa sustancia.
Adrián Piedras Cela, de la Ciudad de México (CDMX) que litigó su solicitud ante todas las instancias judiciales hasta llegar al Máximo Tribunal del país, llevó como argumento toral el libre desarrollo de la personalidad, tal y como sucedió con los amparos de la mariguana.
Tras fracasar en su intento porque la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) promovió su amparo, el cual fue negado por el Juzgado Décimosexto de Distrito en Materia Administrativa con residencia en la capital del país.
Tras pedir un recurso de revisión, un tribunal colegiado lo turnó a la Suprema Corte para que se le diera respuesta desde ahí en virtud del fondo de constitucionalidad que reviste el caso.
Ministra Loretta Ortiz será la ponente
Por el tipo de asunto se turnó a la Primera Sala y quedó radicada en la ponencia de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien alistó su proyecto de sentencia para el miércoles próximo, cuya resolución es confirmar la negativa del amparo.
La ponente propone determinar si existen razones suficientes para modificar o revocar la sentencia que no otorgó el amparo solicitado contra la negativa de la autorización del uso de la sustancia referida.
La propuesta de solución al caso examina que las restricciones al consumo de narcóticos deben examinarse de acuerdo con las características de cada sustancia, aun cuando se relacionen con el referido derecho al libre desarrollo de la personalidad, que no es absoluto.
En la solicitud concreta, el proyecto explica que no hay motivos para reprochar la prohibición del uso lúdico de la psilocibina, en virtud que el nivel de protección contra las adicciones es más alto que lo pretendido por la parte quejosa y que esta no ofreció argumentos para contrarrestar esas razones, ya que solo se limitó a citar los precedentes que, sobre el uso lúdico de otra sustancia, como la marihuana, ha emitido la Corte.