Los estados del país no pueden establecer impuestos para tabaco, cerveza y aguamiel pues esto es competencia exclusiva de la Federación, así lo resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este jueves los ministros anularon una reforma de 2019 a la Ley de Hacienda del Estado de Tamaulipas, que marcó un impuesto de 4.5 por ciento a la venta de tabacos y bebidas alcohólicas.
De esta forma, aunque los estados de la República tienen facultades para ordenar impuestos locales por el consumo de bebidas alcohólicas, esta competencia no incluye a la cerveza y a los productos derivados del aguamiel, donde solo el Congreso de la Unión puede fijar gravámenes.
Los estados del país no pueden establecer impuestos para tabaco, cerveza y aguamiel pues esto es competencia exclusiva de la Federación, así lo resolvió la @SCJN
— Fuerza Informativa Azteca (@AztecaNoticias) July 6, 2023
SCJN analizó controversia contra leyes de Hacienda de Tamaulipas, donde las bebidas tenían un impuesto variable según su grado de alcohol
El tribunal pleno analizó una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo Federal en contra de las leyes de Hacienda y de Ingresos de Tamaulipas, donde se fijó un impuesto local al consumo final de este tipo de bebidas, con un monto variable según su graduación alcohólica.
“El problema que el proyecto identifica es que al momento de definir lo que debe entenderse por bebidas con contenido alcohólico se hace a partir de la graduación y se cae en la sobreinclusión, pues al ser genérica y sin ningún tipo de salvedad o excepción se genera un impuesto al consumo de cerveza, aguamiel y productos para su fermentación, respecto de los cuales sí hay una reserva expresa en la Constitución Política del país”, planteó la ministra Margarita Ríos Farjat.
Solo el Congreso de la Unión puede fijar impuestos a la cerveza
Y es que el artículo 73 de la Constitución menciona que sólo el Congreso de la Unión puede fijar impuestos sobre la producción y venta de cerveza, aguamiel y sus derivados.
En la sesión se expuso que otras entidades del país, como la Ciudad de México, Aguascalientes, Guanajuato y Michoacán, también han incluido en sus leyes fiscales impuestos locales para el consumo de bebidas alcohólicas, pero siempre excluyendo de estos gravámenes a la cerveza y a los derivados del aguamiel.