SCJN avala controles de IFT sobre tarifas y redes

La SCJN avaló que el IFT continúe controlando las tarifas y redes; la Corte negó amparar a Telcel, que buscaba establecer sus propias tarifas desde el 2016.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

SCJN

Los controles que el Instituto Federal de Telecomunicaciones ( IFT ) mantiene para la autorización de tarifas y manejo de redes se mantendrá luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó este miércoles amparar a Telcel tras casi siete años de pelea en tribunales.

A propuesta de la ministra Margarita Ríos Farjat, por mayoría de votos, la Primera Sala avaló los parámetros establecidos por el Poder Legislativo a América Móvil en la reforma de telecomunicaciones de 2013-2014, por ser el agente preponderante del sector.

Telcel buscaba establecer sus tarifas sin previa autorización del IFT

Telcel impugnó desde 2016 ante un juzgado federal los artículos 15, fracción XXIV, 208 y 267 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) buscando la eliminación de sus obligaciones de someter sus tarifas a la autorización del IFT así como la prohibición de discriminar entre el tráfico de su propia red y el de otras empresas.

“La autorización, registro y publicidad de las tarifas propuestas por el agente preponderante tiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la obligación que la ley impone a los concesionarios de telecomunicaciones de informar y respetar las condieciones bajo las cuales prestan sus servicios al público, como son las tarifas” señaló la SCJN.

De acuerdo con la ministra Ríos Farjat y sus colegas Juan Luis González Alcántara Carrancá, Jorge Mario Pardo Rebolledo y Arturo Zaldívar las reglas establecidas en Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión sobre permisos de tarifas y no discriminación no invaden facultades del IFT y es que el principal punto a resolver por la Suprema Corte consistía en determinar si el Congreso de la Unión violó el principio de división de poderes al invadir competencias regulatorias exclusivas del Instituto Federal de Telecomunicaciones.

La SCJN concluyó que las medidas aplicables para el sector de telecomunicaciones no violan derechos

Esto al configurar, en la legislación, algunas medidas asimétricas aplicables al agente económico preponderante que es Telcel en el sector de las telecomunicaciones y, en su caso, si dichas medidas legislativas son violatorias de distintos derechos constitucionales.

“Las prohibiciones aquí analizadas tratan de aspectos que válidamente puede establecer el Congreso de la Unión, pues estamos ante un supuesto de reglas de carácter específico (que no es lo mismo que técnico) que previenen la posibilidad de que se genere un contexto de trato preferencial en los servicios que presta un concesionario del servicio de telecomunicaciones, evita que se generen prácticas anticompetitivas, tal como lo dispone la Constitución”, concluyó la SCJN.

El único voto en contra fue del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena quien había presentado este miércoles otro proyecto, pero por conceder el amparo a Telcel.

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