SCJN avala Carta Porte para transportistas

La SCJN avaló la documentación impuesta a los transportistas, la denominada Carta Porte, con el objetivo de verificar el origen legal de sus mercancías.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

SCJN

La documentación impuesta a los transportistas, que diariamente transitan por territorio nacional, con el objetivo de verificar el origen legal de sus mercancías, denominada Carta Porte, fue avalada este miércoles por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A propuesta del ministro Javier Laynez, la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó por unanimidad amparar a Sabritas contra las nuevas facultades del SAT para establecer las características de los comprobantes que amparen el transporte y la legal tenencia de mercancías.

“El artículo reclamado no otorga facultades a la autoridad administrativa para emitir reglas de carácter general que tenga por objeto regular el comercio, y que por ello se invada la competencia exclusiva de la Federación para legislar en esa materia. Sólo se refiere a la posibilidad de detallar el contenido de los comprobantes fiscales digitales con el propósito de que estos sirvan para acreditar la legalidad del transporte de mercancías”, señaló la Corte.

¿En qué casos se debe tramitar la Carta Porte?

Los casos en que se debe tramitar la Carta Porte, que es un complemento de la factura y se emite cuando el contribuyente tenga un negocio de transporte de carga general de bienes o mercancías como mudanzas o fletes o si presta si presta servicios de grúas de arrastre, salvamento o depósito vehicular o también cuando realiza traslado de fondos y valores o residuos peligrosos, entre otros.

También se requiere la Carta Porte a los contribuyentes dedicados a la mensajería o la paquetería, incluyendo los camiones de transporte de personas en donde además de llevar personas, llevan paquetes, bienes que les encargan.

Si bien las reformas que originaron la Carta Porte entraron en vigor desde el 1 de enero de 2022, solo empezará a generar sanciones por su omisión o llenado incorrecto a partir del 1 de agosto de 2023.

Criterio de la SCJN será obligatorios para todos los jueces del país

Los detalles de la Carta Porte, fijados por el SAT en la Miscelánea Fiscal para 2022, no fueron analizados por la Corte, sino que serán revisados por tribunales federales que analicen y resuelvan en un futuro los amparos de las empresas.

Al haber sido aprobado con más de cuatro votos, el criterio de la Suprema Corte será obligatorio para todos los jueces del país que conozcan de amparos en los que se cuestionen los cambios al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a Fuerza Informativa Azteca en Google News!

Otras Noticias

×