¡Qué no te agarre en curva! Abril es el mes en el que miles de contribuyentes deben realizar su declaración anual ante el SAT para el pago de impuestos, pero ¿qué pasa si la presentas en ceros?
El objetivo de la declaración anual es informarle al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre los ingresos y deducciones de las y los contribuyentes durante el ejercicio fiscal 2023, abarcando del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
Las personas físicas tienen hasta el 30 de abril para presentar su declaración anual.
¿Qué pasa si hago mi declaración anual en ceros?
¿Esto es posible? El Servicio de Administración Tributaria (SAT) aclaró que el presentar la declaración anual en ceros SÍ es posible; sin embargo, solo es valido en caso de no tener ingresos o actividades en cierto periodo de tiempo.
Aunque no se hayan generado ingresos durante el ejercicio fiscal, es importante realizar la declaración anal, esto para informarle al SAT que no existió una actividad económica sujeta a impuestos.
¿Cuántas veces se puede declarar encero ante el SAT?
La declaración anual puede presentarse en ceros por personas físicas autónomas y morales; sin embargo, existe una cantidad límite para declarar los impuestos de esta manera, pero ¿cuántas veces podemos hacerlo?
Expertos en finanzas explican que las personas físicas o personas morales que pertenezcan al sector primario o condicionado, pueden presentar la declaración anual en ceros máximo DOS veces consecutivas.
El Artículo 150 del Capítulo XI de la Declaración Anual, estipula que las personas físicas que tengan ingresos en un año de calendario, a excepción de los exentos y de aquellos por los que se haya pagado impuesto definitivo, están obligadas a pagar su impuesto anual mediante declaración que presentarán en el mes de abril del año siguiente, ante las oficinas autorizadas.
¿Cuáles son los riesgos declarar en ceros ante el SAT?
¡Tómalo en cuenta! Si presentaste tu declaración anual en ceros pero SÍ registraste ingresos, puedes hacerte acreedor a multas y sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), ¿cuáles son estas consecuencias?
- Cancelación temporal del Certificado de Sello Digital, CSD.
- Acusación por fraude fiscal.
- Multas que van desde los 4 mil a los 14 mil pesos
- Auditorias para investigar al fondo el caso.
Recuerda que sin el Certificado de Sello Digital (CSD), las y los contribuyentes no pueden facturar, ni realizar actividades económicas, por lo que perderlo temporalmente, podría traernos problemas.