SCJN desecha impugnación a reforma de Conahcyt

SCJN desechó “por notoriamente improcedente” la impugnación promovida por el gobierno de Chihuahua contra la reforma de Conahcyt

Escrito por: Juan Pablo Reyes

Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó “por notoriamente improcedente” la impugnación promovida por el gobierno de Chihuahua contra las reformas a la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnología e Innovación, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales, y la Ley de Planeación.

Se trata una controversia constitucional que buscaba anular el paquete de reformas al vapor promulgadas el pasado 8 de mayo que incluyó a las humanidades en las políticas de desarrollo e investigación científica, haciendo que su organismo rector sea hoy conocido como Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías (Conahcyt).

“Se desecha de plano, por notoriamente improcedente, la demanda de controversia constitucional que hace valer la Consejera Jurídica del Estado de Chihuahua. Una vez que cause estado este auto, archívese como asunto concluido”, señala el acuerdo del ministro Arturo Zaldívar.

María Eugenia Campos Galván denunciaba una presunta invasión de sus atribuciones

La controversia constitucional 354/2023 fue promovida por la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, quien denunciaba una presunta invasión de sus atribuciones con esta decisión.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) señaló que en este caso las leyes impugnadas se refieren solo a cambios en organismos, políticas públicas y presupuestos del orden federal, que no impactan directamente en la esfera jurídica de los gobiernos estatales.

“La accionante no plantea la invasión a una facultad de orden constitucional, por el contrario, se limita a formular una serie de argumentos encaminados a demostrar que no se siguió el procedimiento legislativo, ya que en su concepto, no hubo la suficiente publicidad en las normas y en consecuencia, la participación de las distintas fuerzas políticas, ni emitidos bajo una perspectiva pluricultural y de género, respetando los estándares de protección a las comunidades indígenas y personas con discapacidad, como si se tratara de un medio abstracto de control constituciona”, planteó Zaldívar.

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