La reforma de marzo de 2021 a la Ley de la Industria Eléctrica que favorecía a la CFE por encima de las empresas privadas fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La segunda sala amparó a seis empresas tras considerar que se violentaron reglas sobre generación y mercado eléctrico mayorista; y le daba el despacho preferente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE).
¿A quién beneficia la determinación de la SCJN sobre la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica?
En el amparo se advierte “que no se puede concebir el funcionamiento de esa industria de manera dispar. Esto es, en un mismo mercado, el comportamiento del Estado (como rector de la industria y como empresa paraestatal) no puede ubicarse en un plano frente a ciertos particulares y, frente a otros, en diverso plano”.
Tras declararse la inconstitucionalidad de 7 artículos de la Ley de la Industria Eléctrica, se dio la protección de la justicia a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila, y Eoliatec del Istmo.
La sentencia de amparo en favor de los particulares ordena que no se aplique en el presente y futuro los nuevos criterios de orden en el despacho de energía eléctrica –acceso a la Red Nacional de Transmisión y las redes generales de distribución–; el nuevo esquema de contratación de cobertura eléctrica subsistiendo la subasta; el criterio generalizado para el otorgamiento de certificados de energías limpias; todo dentro del entorno del mercado eléctrico mayorista.
La votación que se registró durante la sesión de éste miércoles fue de dos votos contra dos. Por existir empate, el ministro Alberto Pérez Dayán en su calidad de presidente de la sala emitió su voto de calidad en favor de las empresas quejosas.
Decisión de la SCJN es un precedente para casos similares
Pese a estos tres votos de mayoría en contra de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica no se emitió la jurisprudencia para que fuera obligatoria la resolución en casos similares, pues se requieren de cuatro ministros de los cinco que conforman la segunda sala.
Sin embargo quedó la ruta y los razonamientos para que más de un centenar de empresas que tienen sus amparos en juzgados y tribunales, invoquen el criterio sentado en la sesión de hoy.
Los ministros en contra de la reforma fueron Alberto Pérez Dayán, y Luis María Aguilar; mientras que Yasmín Esquivel y Lenia Batres apoyaron las modificaciones a la ley. El ministro Javier Laynez no participó en la discusión del asunto porque en su momento fue parte interesada como Procurador Fiscal de la Federación en el sexenio pasado.
Para no generar un vacío normativo, como medida adicional, la sala advirtió que deberá aplicarse para estas empresas, las disposiciones que se encontraban vigentes antes de la reforma de marzo de 2021.