Caso Roxana Ruiz: ¿Qué es la legítima defensa? La clave en la condena por matar a su violador

En medio del proceso penal contra Roxana Ruiz, FIA consultó a un abogado penalista para profundizar en cómo fue considerada la legítima defensa en su caso.

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Por: Carlos Alberto Pérez

Tras acudir a los espacios informativos de Fuerza Informativa Azteca (FIA), Roxana Ruiz continúa en su lucha por quedar absuelta de todo cargo en el caso que ha conmocionado al Estado de México, pues la joven de 23 años fue condenada a más de seis años de cárcel por haber asesinado a su violador, Sinaí “N”, en un acto que la propia Fiscalía confirmó como legítima defensa.

Ante esta situación, el equipo de FIA mantiene el seguimiento y ahora consultamos a un abogado especialista en derecho penal, José Luis Nassar Peters, quien acudió a los estudios para hablar sobre lo que significa el concepto de “legítima defensa” y el contexto en el que se utiliza, además de analizar el caso específico de Roxana Ruíz.

¿Cuándo se puede utilizar la legítima defensa?

Lo primero que debes de saber, de acuerdo con el abogado Nassar, es que el concepto de la legítima defensa parte desde la acción de cometer un delito contemplado en el Código Penal Federal: “Para que exista un delito debe haber una conducta, ya sea una acción u omisión”, señala el especialista, quien afirma que posteriormente entra el “análisis de la cabeza del sujeto” que actuó.

“Existen ciertas causas en que el estado justifique el actuar que en primer momento es delictivo, pero lo justifica por no poder llegar a protegerte en tu esfera”, asegura José Luis. “Existen los supuestos sobre los cuales tu actuar no es antijurídico y uno de ellos es la legítima defensa”.

Condenan a seis años de prisión a Roxana Ruiz por matar a su violador en el Edomex a pesar de confirmar legítima defensa
Condenan a seis años de prisión a Roxana Ruiz por matar a su violador en el Edomex a pesar de confirmar legítima defensa | Facebook: Sueña Dignidad/@la_elizabetdiaz

¿Qué es la legítima defensa?

Hay lineamientos que establecen una legítima defensa apropiada y que son enumerados a continuación por el especialista en derecho penal:

  • Que te defiendas de una agresión, no nada más en contra tuya, sino en contra de terceros
  • Que sea real
  • Que sea actual o inminente
  • Sin derecho
  • Que lo hagas con proporcionalidad en los medios empleados

Con estos “requisitos” claros para poder argumentar haber actuado en defensa legítima, entra la discusión sobre el caso de Roxana Ruiz , quien fue sentenciada debido a que la jueza Mónica Palomino, del Poder Judicial del Edomex, consideró que había realizado un “excesivo uso de la legítima defensa” y aseguró que “con un golpe en la cabeza era suficiente”.

“Creo que aquí es donde está la discusión del tema”, menciona Nassar Peters en Hechos AM . "¿Qué quiere decir que lo hagas con proporcionalidad en los medios? Pues no quiere decir que si te atacan con un arma te defiendas con la misma, sino que utilices las herramientas que tengas para parar la violencia o la violación a tu defensa jurídica”.

La temporalidad, en cuanto cesa el peligro a tus bienes jurídicos, hasta ahí llega la legítima defensa
Abogado José Luis Nassar

Caso Roxana Ruiz: ¿Cómo fue considerada su legítima defensa?

Posteriormente, y de acuerdo con los primeros reportes del caso de Roxana Ruiz, el abogado explicó que “en el caso específico, en un momento dado, el sujeto ya no estaba en condiciones de seguir violentándote, ahí cesa la legítima defensa. Lo que se dice es que, no obstante, ya lo tenía sometido”.

Alrededor de este argumento se sostiene la primera decisión de la jueza en el Estado de México, quien sentenció a Roxana Ruiz a seis años y dos meses de prisión , además de una multa que en total suma casi 300 mil pesos.

“Si este sujeto, con todo lo que estamos viviendo de violencia de género, empieza a acechar y atacar a esta mujer, esta mujer en automático entra en esta figura de legítima defensa, pudiendo repeler la agresión con los medios que tenga, ¿pero dónde está la clave para saber hasta cuándo? Hasta que ya no estés en peligro”.

Ante esta situación, “si tú realizas actos posteriores, no solo en legítima defensa, sino en todas estas causas de justificación(...) Si tú continúas, te excedes, entonces no serás castigado como un homicidio doloso y ni siquiera culposo, sino que la pena se va a atenuar porque es ‘exceso en la legítima defensa'".

Por este motivo Roxana Ruiz no recibió cargos por homicidio, sino por haberse excedido en su defensa, un proceso que sigue abierto luego de que la Fiscalía del Estado de México determinara el pasado 20 de mayo que sí actuó en legítima defensa , por lo que estaba libre de culpa y habían exhortado al juez correspondiente a resolver el caso.

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