Por Amor a la Precisión | Prisión preventiva, un mal congénito

La prisión preventiva oficiosa implica que si eres presunto responsable de ciertos delitos que están previstos en un catálogo irás automáticamente la cárcel.

Escrito por: Alejandro Huitrón Hernández

alex huitron prision preventiva

El 18 de julio de 1978 entró en vigor la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH), una ley internacional diseñada para proteger el ejercicio de la libertad en América.

Tres años más tarde, en febrero de 1981, México se adhirió a la CADH y 20 años después, en diciembre de 1998, el Estado mexicano ACEPTÓ LA COMPETENCIA DE LA CORTE Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la instancia encargada de juzgar transgresiones a la CADH en el continente.

Para 2011, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció en la contradicción de tesis 293/2011 que los derechos humanos contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y en los tratados internacionales, como la CADH, forman parte del órden jurídico nacional, a través del famoso control de regularidad constitucional.

Por si fuera poco, la SCJN fue todavía más clara al resolver el expediente Varios 1396/2011 donde dictó que todas las sentencias de la CIDH en las que se involucre el Estado mexicano SON OBLIGATORIAS PARA TODO EL PODER JUDICIAL.

Desde entonces, la CIDH ha emitido 15 sentencias que involucran a México, entre las que destacan los casos de Rosendo Radilla (desaparición forzada), González y otras (campo algodonero) e, incluso, Castañeda Gutman (candidaturas independientes).

Libre hasta que se demuestre lo contrario

Así, en su ánimo de progresividad, el Estado mexicano se sometió a una Ley que es clara cuando se trata de juzgar a las personas involucradas en la comisión de delitos.

Al respecto, el artículo 7 de la CADH dicta que nadie puede ser privado de la libertad sin un proceso judicial:

Artículo 7. Nadie puede ser privado de su libertad física, salvo por las causas y en las condiciones fijadas de antemano por la Constitución. Nadie puede ser sometido a detención o encarcelamiento arbitrarios.

Excelente, pero esto no es algo nuevo. Nuestra Ley, la CPEUM, establece exactamente lo mismo desde el 9 de diciembre de 2005:

Artículo 14. Nadie podrá ser privado de la libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las Leyes expedidas con anterioridad al hecho

Entonces, si ambas leyes nos presumen libres, ¿por qué hay 86 mil personas privadas de la libertad, de acuerdo con el Censo Nacional de Sistema Penitenciario Federal y Estatales 2021, del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), sin una resolución judicial?

Prisión preventiva, un mal congénito

Paradójicamente, la respuesta se halla en la misma Constitución. El artículo 19 faculta al Ministerio Público (MP) y a los juzgadores la “prisión automática” cuando se trata de personas involucradas en delitos como:

● Abuso o violencia sexual contra menores
● Delincuencia organizada
● Homicidio doloso
● Feminicidio
● Violación
● Secuestro
● Trata de personas
● Robo de casa habitación
● Uso de programas sociales con fines electorales
● Corrupción (enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones)
● Robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades
● Delitos en materia de hidrocarburos, Petrolíferos o petroquímicos
● Desaparición forzada de personas
● Desaparición cometida por particulares
● Delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos
● Delitos con armas de uso exclusivo del Ejército.

De tal modo, si eres acusado o denunciado de haber participado en uno de estos delitos (aunque no se te haya comprobado) te vas a la cárcel automáticamente.

Esto, además de injusto, porque puede que solo hayas estado en el lugar y momento equivocados, contribuye a la inmunda corrupción, la detestable burocracia y la opacidad jurídica de las normas.

Entonces, si apruebas las transgresiones a los derechos humanos, como algunas personas lo hacen con la “prisión automática”, seguro estarás de acuerdo cuando esas transgresiones te toquen a ti. ¿O ustedes qué piensan?

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