Jesús Zambrano, dirigente nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), negó que el partido político fuera a perder el registro nacional tras las elecciones 2024 , celebradas el pasado domingo 2 de junio, pues tal parece que el Sol Azteca no consiguió los votos para seguir vivo.
“Es falso que el INE haya declarado que ya perdimos el registro, esto se resolverá después, terminando esta fase del cómputo vamos a ir a la parte de los recursos del Tribunal Electoral”, dijo a través de un video publicado en su cuenta de X, antes Twitter.
Asimismo, destacó que siguen “trabajando en los 300 distritos electorales federales del país con nuestra militancia, nuestras y nuestros compañeros, revisando uno a uno los paquetes electorales”.
¡Es falso que el @INEMexico haya declarado que perdimos el registro!
— Jesús Zambrano (@Jesus_ZambranoG) June 7, 2024
Seguimos trabajando en los 300 distritos electorales federales del país con nuestra militancia, nuestras y nuestros compañeros, revisando uno a uno los paquetes electorales.
Vamos avanzando y dejando claro que… pic.twitter.com/R7MA2H5iJ6
¿Por qué el PRD podría perder el registro nacional ante el INE?
La razón por la que el PRD podría perder su registro oficial como partido político es que no alcanzó al menos el 3% de los votos en las elecciones 2024. La Ley General de Partidos Políticos, en su artículo 94 , inciso c, menciona que será causa de registro si no obtiene por lo menos el 3% de la votación válida.
Los cómputos distritales para la Presidencia terminaron el día de ayer y el porcentaje de votos para el PRD fue de 1.84%, equivalente a un millón 121 mil 20 votos, es decir, no lograría el mínimo para mantener su registro ante el INE.
¿Qué pasa cuando un partido político pierde su registro?
Para la pérdida del registro, la Junta General Ejecutiva del Instituto emitirá una declaratoria correspondiente, misma que “deberá fundarse en los resultados de los cómputos y declaraciones de validez respectivas de los consejos del Instituto, así como en las resoluciones del Tribunal Electoral, debiéndola publicar en el Diario Oficial de la Federación”, se menciona en el artículo 95.
Asimismo, se establece en el punto 5 que si el partido perdió el registro por no haber alcanzado el porcentaje mínimo de votación en el último proceso, podrá optar por el registro como partido político local en la o las entidades federativas en cuya elección inmediata anterior hubiere obtenido por lo menos el 3% de la votación válida emitida.
Por lo que el Sol Azteca, deberá optar por el registro del partido en los estados donde sí obtuvo el mínimo requerido.