Conceden a hija posesión de casa en Chalco, donde disparó Carlota “N”

La fiscalía mexiquense concedió la posesión de la inmueble de Marina “N”, hija de Carlota “N”, por el que se desató la disputa que dejó dos muertis en Chalco.

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Escrito por: Iván Ramírez

Predio donde disparó abuelita de Chalco es concedido a su hija.
Se determinó conceder la posesión del inmueble relacionado con los hechos, a Mariana “N”.|FIA y Fiscalía de Edomex.

A Mariana “N”, hija de Carlota “N” o la abuelita justiciera” de Chalco, se le concedió la posesión de la casa que desató la disputa con supuestos invasores, informó la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM).

Mariana “N” está detenida junto con su madre, luego de que se suscitó la agresión que dejó dos hombres muertos y un herido, pues iba acompañándola junto con otro hombre, el 1 de abril.

Ese día, una mujer grabó desde una ventana el momento en que aparece con una pistola Carlota “N”, de 73 años, junto con otra mujer y un hombre identificados como Mariana “N”, de 51 años, y Eduardo “N”, de 34 años, quienes ingresaron hoy al Centro Penitenciario y de Reinserción Social de Chalco, en el Estado de México (Edomex).

Personas supuestamente sacaron objetos de la casa sin autorización

En la grabación se observa que este sujeto también estaba armado y dispararon contra un grupo de personas que supuestamente habían invadido el predio ubicado en la calle Hacienda La Labor, en la Unidad Habitacional Ex Hacienda Guadalupe, en el poblado La Candelaria Tlapala.

La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) informó que respecto a la situación jurídica del inmueble relacionado con estos hechos, a las 20:36 horas del 27 de marzo pasado, el Agente del Ministerio Público adscrito al Centro de Justicia de Chalco, inició expediente de investigación derivado de la denuncia realizada por Mariana “N” por la posible comisión del delito de despojo.

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La denunciante refirió que aproximadamente las 17:00 horas de ese día, recibió una llamada telefónica en la que le dijeron que “tres personas ingresaron a su domicilio ubicado en calle Hacienda la Labor, colonia Hacienda de Guadalupe, municipio de Chalco, esos sujetos sacaron los objetos de la casa sin autorización”.

Hija de Carlota denunció el despojo de su inmueble

El Agente del Ministerio Público solicitó al Director de Seguridad Pública de Chalco videograbaciones de las cámaras del lugar de los hechos, así como la intervención de perito en criminalística.

Adicionalmente, expidió solicitud para implementar medida de protección por parte de la Dirección de Seguridad Pública de Iztapalapa, ya que la hija de Carlota “N” señaló que su domicilio se encuentra en esa alcaldía de la Ciudad de México, además a la Comisionada Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México, para que le brindara atención.

Como parte de las diligencias, a las 10:00 horas del 28 de marzo, Policías de Investigación y perito en criminalística acudieron al inmueble para realizar la inspección correspondiente sin que se encontrara persona alguna en la vivienda, la cual presentó cerrada su puerta de entrada con una cadena y candado.

Defensa de hija de Carlota “N” rechaza recepción de la casa

El 2 de abril, se giró oficio al Instituto de la Función Registral del Estado de México (IFREM) y al catastro municipal para solicitar información del inmueble relacionado con los hechos y este 4 de abril, a partir de la información recabada por la Fiscalía del Estado de México, el Agente del Ministerio Público determinó conceder la posesión del inmueble en favor de la denunciante, no obstante, su representante legal rechazó la recepción del bien argumentando que por el momento no era de su interés.

¿De qué es acusada Carlota “N”, abuelita de Chalco?

A los detenidos les fue cumplimentada orden de aprehensión por homicidio calificado y homicidio calificado en grado de tentativa, por lo que quedaron a disposición de la Autoridad Judicial, quien determinará su situación jurídica.

El Artículo 241 del Código Penal del Estado de México indica que comete el delito de homicidio cuando alguien priva de la vida a otra persona, mientras que el Artículo 242 menciona que el delito de homicidio, se sancionará en los siguientes términos:

  • Homicidio simple: se impondrán de diez a quince años de prisión y de doscientos cincuenta a trescientos setenta y cinco días multa
  • Homicidio calificado: Condena de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa
  • Homicidio de dos o más personas, en el mismo o en distintos hechos: Pena de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos a cinco mil días multa

Mientras que el Artículo 10 del mismo Código señala que se castiga la tentativa del delito y esta lo es cuando la intención se exterioriza ejecutando la actividad que debería consumar el delito u omitiendo la que debería evitarlo, si por causas ajenas a la voluntad del agente, no hay consumación, pero sí pone en peligro el bien jurídico.

Si la ejecución del delito queda interrumpida por desistimiento propio y espontáneo del inculpado, solo se castigará a este con la pena señalada a los actos ejecutados que constituyan por sí mismos delitos.

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