¿Eres pensionado o jubilado del IMSS o ISSSTE? Conoce si debes hacer tu declaración anual

Ni los pensionados ni jubilados del IMSS y del ISSSTE se salvan de presentar la declaración anual, aunque puede haber excepciones, según estipula el SAT.

Escrito por: Alexis Pérez Cerino

Declaración anual 2023_ Cuáles pensionados del IMSS y el ISSSTE deben presentarla ante el SAT
Los pensionados del IMSS y el ISSSTE que superan cierta cantidad de recursos están obligados a presentar su declaración anual ante el SAT. | IMSS.

Se acerca la fecha para la presentación de la declaración anual 2023 y ni los pensionados ni jubilados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se salvan, aunque puede haber excepciones, según el Servicio de Administración Tributaria ( SAT ).

De acuerdo con la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente ( Prodecon ), se trata de un procedimiento que deben cumplir las personas pensionadas o jubiladas que cumplan las siguientes características:

  1. Aquellos contribuyentes que recibieron más de 400 mil pesos en el año previo a declarar.
  2. Si tienen dos o más ingresos por pensión, aunque estos en conjunto no superen los 400 mil pesos.
  3. Los pensionados o jubilados que sean arrendadores también estarán obligados a pagar impuestos.
  4. Aquellos que obtienen ingresos por pensión del IMSS o ISSSTE, pero también por alguna actividad empresarial.

¿Cuál es la multa por no presentar la declaración anual?

Recuerda que la presentación de la declaración anual 2023 es obligatoria y la única forma de evadir una multa es poniéndote al corriente con tus obligaciones fiscales. De lo contrario, el SAT podría recurrir al artículo 109 del Código Fiscal de la Federación, que califica como evasión la negativa de pago de impuestos.

Según el tipo de multas, recargos y faltas que cometas, te podrías hacer acreedor a una sanción que oscila entre los 14 mil 239 y los 28 mil 490 pesos, según el tipo de incidente en el que incurras.

Además, el SAT puede tomar acciones legales, así que la recomendación de las autoridades es cumplir “de manera espontánea” pues, al final, el incumplimiento genera graves consecuencias.

¿Cuándo cometo una falta ante el SAT?

El SAT establece tres puntos en los que un contribuyente incurre en una falta que lo hace acreedor a una multa, siempre que estés en los siguientes supuestos:

  • Si omitiste hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales, deberás pagar recargos y actualizaciones siempre que la obligación se cumpla de manera espontánea.
  • No presentar las declaraciones, solicitudes o avisos que exijan las disposiciones fiscales o presentarlos a requerimiento de la autoridad.
  • No cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

¿Cuándo debo presentar la declaración anual?

De acuerdo con las disposiciones del SAT, la declaración anual para personas físicas se tiene que presentar entre el 1 y el 30 de abril, de forma electrónica o con atención del personal, en alguna de las oficinas del organismo.

En el caso de las personas morales, la fecha está por terminar pues el calendario establece la declaración anual entre el 1 y el 31 de marzo.

Y siempre recuerda que, en caso de no cumplir, el contribuyente, así sea pensionado o jubilado del IMSS o ISSSTE, puede hacerse acreedor a sanciones.

¡No te pierdas nuestro contenido, sigue a Fuerza Informativa Azteca en Google News!

Notas

Otras Noticias

×