Los agentes fronterizos en Estados Unidos, no necesitan de una orden judicial para registrar celulares y computadoras de viajeros en los aeropuertos y otros puertos de entrada al país debido a que no violan la Constitución de ese país, así lo determinó la Corte de Apelaciones para el Primer Circuito de Estados Unidos.
En 2017, la Unión de Libertades Civiles (ACLU) y la Electronic Frontier Foundation (EFF) presentaron una demanda representando 11 visitantes internacionales, luego de que sus dispositivos electrónicos fueran revisados y, en algunos casos, incautados. Señalaban que con estas acciones se violaban la primera y cuarta enmienda de la Constitución, las cuales defienden el derecho a la expresión y a la privacidad así como a no sufrir una invasión arbritaria, respectivamente.
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La decisión de la Corte de Apelaciones, revierte una anterior emitida en 2019 por el tribunal de distrito en Massachusetts, donde se determinaba que agentes de la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) y del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), debían tener una duda razonable para registrar los dispositivos electrónicos de los viajeros.
El fallo judicial, argumenta que se trata de una medida para proteger la frontera de cualquier posible amenaza, uno de los fundamentos es que por las fronteras atraviesa una enorme cantidad de viajeros y la necesidad de una orden judicial podría entorpecer los procedimientos.