Tras darse a conocer que la Ciudad de México y el Estado de México están en semáforo rojo a partir de hoy y hasta el 10 de enero de 2021, se dieron a conocer las actividades esenciales y que sí deberán permanecer abiertas para brindar servicio a los ciudadanos.
A principios de junio de este año y ante el avance de la pandemia de Covid-19, que ha afectado la vida de millones de personas, el gobierno de México y la Secretaría de Salud dieron a conocer un semáforo epidemiológico de cuatro colores: rojo, naranja, amarillo y verde, que se basa, entre otros elementos, en el número de personas hospitalizadas.
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A pesar de una reducción en la cifra de infectados a mitad de año, la curva de contagios incrementó desde hace unas semanas por lo que se declaró semáforo rojo para ambas entidades, lo cual quiere decir que permanece una alerta por contagios.
Aunque la medida implica restricciones, muchas más actividades en la Ciudad de México sí permanecerán abiertas y dando servicio a los capitalinos, a continuación te presentamos una lista de los negocios que seguirán dando servicio:

El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial las actividades consideradas como esenciales durante la emergencia sanitaria, que podrán operar cumpliendo con las medidas sanitarias generales y específicas:
Lo especifica de la siguiente forma:
1. Actividades laborales de la rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo en todo el Sistema de Salud de la Ciudad
2. Sector farmacéutico
3. Limpieza y sanitización de las unidades médicas en los diferentes niveles de atención
4. Abasto, servicios y cadenas de proveeduría de todas las actividades esenciales
5. Elaboración y venta de pan
6. Tortillerías
7. Abarrotes, misceláneas y recauderías
8. Pequeños negocios de barrio de máximo 3 trabajadores; con excepción de los que se encuentran ubicados en los perímetros A y B del Centro Histórico
9. Veterinarias y venta de alimento para animales
10. Lavanderías
11. Tintorerías
12. Jarcierías
13. Servicios de mudanza
14. Servicios de mantenimiento
15. Manufactura de insumos, equipamiento médico y tecnologías para la atención de la salud
16. Disposición de residuos peligrosos biológicos-infecciosos (RPBI)
17. Servicios financieros (bancos, debiendo garantizar un flujo continuo de clientes y sana distancia entre ellos)
18. Servicios notariales
19. Sector energético
20. Generación y distribución de agua potable
21. Industria de alimentos y bebidas
22. Mercados
23. Supermercados
24. Tiendas de autoservicio
25. Servicios de transporte de pasajeros y de carga sus servicios y cadenas de proveeduría
26. Producción agrícola, pesquera y pecuaria
27. Agroindustria
28. Industria química
29. Servicios de mensajería y comercio electrónico
30. Servicio postal
31. Seguridad privada
32. Asilos y estancias para personas mayores
33. Refugios y centros de atención a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos
34. Telecomunicaciones y medios de información
35. Servicios de emergencia
36. Verificentros
37. Servicios funerarios y de inhumación
38. Servicios de almacenamiento y cadena de frío de insumos esenciales
39. Talleres mecánicos
40. Refaccionarias
41. Manejo de residuos sólidos
42. Industria de la construcción
43. Minería
44. Industria manufacturera
45. Venta de alimentos preparados únicamente en la modalidad de servicio para llevar o entrega a domicilio
46. Hoteles con un aforo máximo de 30 por ciento y únicamente con servicio de hospedaje. Dicho porcentaje de aforo no aplica para hospedaje de personal de salud, refugiados o migrantes que estén por convenio con organismos internacionales
47. Programas, trámites y servicios públicos necesarios para la operación de la Ciudad
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