Mujeres pueden impugnar penalización del aborto en todo el país

La SCJN concluyó que las mujeres pueden ampararse contra leyes que penalicen el aborto en México; determinación impacta en derecho de elegir un plan de vida.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

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| Crédito: Reuters

Cualquier mujer está legitimada para ampararse contra leyes que penalicen el aborto en algún estado del país, así lo determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación ( SCJN ).

A propuesta del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Primera Sala reiteró que las normas que penalizan el aborto, inciden en el significado cultural y social de los derechos de las mujeres y personas con capacidad de gestar contribuyendo a construir un imaginario social adverso para el ejercicio de sus derechos humanos.

“La sola condición de mujer o persona con capacidad de gestar es suficiente para reconocer el interés legítimo para impugnar mediante juicio de amparo la regulación del delito de aborto”, se determinó.

Normas que penalizan el aborto pueden comprometer derechos humanos de las mujeres: SCJN

Esto porque “fomentan la creencia sobre la incorrección ética del aborto y otras opciones reproductivas; aumentan el estigma para quienes acuden a estos servicios de atención médica desde nociones y concepciones estereotípicas y discriminatorias y generan un temor en los profesionales de la salud, aun cuando las legislaciones penales no criminalicen ciertos abortos, lo que puede provocar desigualdad en la provisión de los servicios de salud.

“Las normas que penalizan el aborto potencialmente pueden comprometer o limitar el acceso de las mujeres y personas con capacidad de gestar a una debida protección de sus derechos humanos a la autonomía reproductiva, a la vida, a la no discriminación, la salud y la integridad personal”, se explicó.

SCJN concluye que la penalización del aborto puede impactar en el derecho de elegir un plan de vida

Incluso, la Primera Sala expuso que la penalización del aborto les impacta colateralmente en un grado suficiente para afirmar que se genera en su contra una afectación relevante, cualificada, actual y real, en tanto que contienen disposiciones que les vinculan a su cumplimiento desde el inicio de su vigencia.

“Si bien es cierto que las normas que penalizan el aborto afectan directamente a las personas gestantes, lo cierto es que existe un mensaje discriminatorio para quienes cuentan con la capacidad de gestar y no tienen un embarazo en curso que impacta en su derecho de elegir su plan de vida y en sus derechos sexuales y reproductivo”, concluyó la Corte.

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