Erika “N” fue detenida tras ser acusada violar a una mujer en Xochimilco

La investigación de las autoridades refiere que la víctima sufrió agresión de manera física y sexual por parte de otra persona al sur de la cpaital.

Escrito por: Javier Garduño e Iván Ramírez

Mujer es aprehendida por presuntamente violar a otra.
Mujer es aprehendida por presuntamente violar a otra. | FGJ de CDMX.

Una mujer llamada Erika “N” fue aprehendida por orden de un juez acusada del delito violación equiparada cometida el 2 de noviembre en contra de otra mujer en un domicilio ubicado en la colonia San Marcos, alcaldía Xochimilco.

La imputada fue capturada en la colonia Pedregal de Santo Domingo, en la alcaldía Coyoacán, por elementos de la Policía de Investigación de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Mujer en CDMX acusada de violar a otra fue encarcelada

Elementos de la institución cumplimentaron una orden de aprehensión contra la mujer. Previa certificación médica, la mujer fue trasladada al Centro Femenil de Reinserción Social Santa Martha Acatitla, para quedar a disposición del juez que la requirió.

El mandato judicial fue ejecutado por agentes de la Policía de Investigación, quienes tras realizar trabajos de campo y gabinete ubicaron a la persona requerida en calles de la alcaldía Coyoacán.

De acuerdo con las indagatorias del representante social, la hoy aprehendida posiblemente agredió de manera física y sexual a la víctima .

¿Cómo se castiga la violación equiparada en CDMX?

De acuerdo con el Artículo 174 del Código Penal de la capital, quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años.

La cópula, explica, es la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal y se sancionará con la misma pena antes señalada, al que introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la b.

Si entre víctima y victimario de la violación existe un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja, se impondrá la pena prevista en este artículo, en estos casos el delito se perseguirá por querella.

El Artículo 175 estipula que se equipara a la violación y se sancionará con la misma pena, a quien:

  • Realice cópula con persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo; o
  • Introduzca por vía anal o vaginal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano distinto del pene en una persona que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o por cualquier causa no pueda resistirlo. Si se ejerciera violencia física o moral, la pena prevista se aumentará en una mitad.
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