Municipios no pueden prohibir uso de popotes: SCJN

La SCJN determinó que ningún municipio del país puede prohibir el uso de popotes de plástico, con lo cual invalidan un decreto en Culiacán, Sinaloa.

Notas
Seguridad

Escrito por: Juan Pablo Reyes

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Ningún gobierno municipal del país tiene facultades para prohibir el uso de popotes de plástico pues esto sería competencia federal, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al invalidar un decreto de Culiacán, Sinaloa sobre ese tema.

Por mayoría de cuatro votos los integrantes de la Segunda Sala respaldaron este miercoles la propuesta del ministro Luis María Aguilar de amparar a la empresa Tetra Pak contra el decreto del municipio sinaloense para no usar plástico no biodegradable, y que incluye a los popotes o pajitas, incluso cuando sean entregados con un producto a título gratuito.

“El Municipio de Culiacán, Sinaloa, carece de atribuciones para emitir normas en materia ambiental a través de las cuales se pretenda prohibir la comercialización, distribución o entrega de productos de plástico no biodegradable”, concluyó el máximo tribunal del país.

Decisión de la SCJN nació de una empresa que buscaba un amparo

La decisión de la Suprema Corte genera un precedente obligatorio para todos los juzgados y tribunales del país que analicen casos similares en los que ayuntamientos de los estados del país busquen prohibir este tipo de plásticos.

Para la empresa, el decreto violaba el artículo 5 constitucional por constituir una restricción al derecho al trabajo y ser contrario a la libertad de comercio además de invadir facultades federales.

En su demanda de amparo se expuso que los municipios no pueden imponer normas de esta naturaleza pues únicamente el Congreso de la Unión tiene las facultades exclusivas de emitir legislaciones en materia de sustancias químicas.

En 2021 un juez federal negó a la empresa un amparo al considerar que “para la conservación e inocuidad de alimentos afectan con menos intensidad el derecho fundamental al trabajo de la quejosa, en relación con el beneficio que aporta a la sociedad y al ecosistema planetario.”

En agosto la SCJN invalidó la prohibición de bolsas de plástico

La decisión fue impugnada ante un tribunal colegiado de circuito cuyos magistrados consideraron que no había jurisprudencia aplicable y por ello pidió a la Suprema Corte resolver el asunto y poner punto final al caso.

Para el ministro Luis María Aguilar Morales, ponente del asunto, el hecho de prohibir la venta, distribución o empleo de popotes adheridos a envases tipo Tetra Pak es inconstitucional pues invade facultades del Congreso de la Unión y transgrede las atribuciones que se dan a los municipios en la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.

En agosto del año pasado, con el mismo argumento, la Corte también invalidó la prohibición de las bolsas o envases de unicel y plástico de un solo uso que estaba vigente en Oaxaca, al amparar a una cadena de tiendas de autoservicio.

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