Durante la mañana de este miércoles 31 de enero, de nueva cuenta una jueza federal detuvo las corridas de toros en la Plaza México, luego de otorgar una suspensión provisional e inmediata tras un nuevo amparo tramitado contra la Ley de Espectáculos Públicos de la Ciudad de México (CDMX), por lo que la “Fiesta Brava” tendrá que pausar sus funciones en la capital para este fin de semana.
“Se concede la suspensión provisional a efecto de que las autoridades responsables se abstengan de ejecutar los actos impugnados”, señala el fallo autorizado por la jueza Quinta de Distrito en Materia Administrativa, Sandra de Jesús Zúñiga. “Deberán de suspender de inmediato los espectáculos taurinos en la alcaldía Benito Juárez, en la Ciudad de México, así como el otorgamiento de permisos para realizar dichos espectáculos”.
El amparo fue promovido por la organización “Todas y todos por el Amor a los Toros”, por lo que a pesar de poder impugnar la suspensión, la Plaza México podría ver afectadas sus funciones programadas para este fin de semana.
La suspensión se podría volver definitiva el próximo 7 de febrero, cuando se lleve a cabo audiencia incidental.
Las corridas de toros habían regresado a la CDMX tras 20 meses prohibidos
Apenas este domingo 28 de enero, los toros habían vuelto a “La Monumental” Plaza México, en la colonia Nochebuena, tras casi dos años sin poder pasear sobre el ruedo de la CDMX. Fueron alrededor de 35 mil personas las que abarrotaron el recinto, en una corrida protagonizada por Diego Silveti.
En aquella exhibición, la Plaza México desplegó un mensaje que decía “Libertad. Toros, cultura vida”, además de que los canales oficiales de los organizadores calificaron el momento como “histórico” y aseguraron que “la tauromaquia está más viva que nunca”.
¿Por qué quieren prohibir las corridas de toros?
En diciembre del año pasado, la Suprema Corte avaló la reanudación de la fiesta brava en la Monumental Plaza de Toros México, cuyas puertas estaban cerradas desde 2022, luego de pasar una propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, luego de determinar que “la asociación civil no acreditó la existencia de una afectación inminente e irreparable en su contra que hiciera necesaria una medida cautelar en lo que se resuelve el fondo del juicio”.