Fisioterapeuta en CDMX es detenido por violar a una paciente en su consultorio en Tláhuac

Isaac Felipe “N” fue acusado de violación equiparada agravada presuntamente en contra de una paciente con discapacidad intelectual, de quien abusó dos veces.

Escrito por: Javier Garduño e Iván Ramírez

Fisioterapeuta en CDMX es detenido acusado de violar de una paciente.
Isaac Felipe “N” fue trasladado al Reclusorio Preventivo Varonil Sur. | Especial

Un hombre llamado Isaac Felipe “N”, quien era identificado como fisioterapeuta, fue detenido en la Ciudad de México (CDMX) cumplimiento a una orden de aprehensión por el delito de violación equiparada agravada presuntamente cometido en contra de una paciente con discapacidad intelectual.

Los hechos ocurrieron en su consultorio de la colonia Ampliación López Portillo, en la alcaldía Tláhuac, donde los agentes de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México llevaron a cabo las investigaciones a través de una orden de cateo.

¿Qué se sabe del caso del fisioterapeuta acusado de violar a paciente?

En la carpeta de investigación consta que, en octubre de 2018, la mujer, de 26 años de edad, acudió al consultorio para una sesión de fisioterapia, en el inmueble en Cerrada de Durazno. El agresor le advirtió que no mencionara nada porque nadie le iba a creer.

El 24 de abril del 2019, en otra cita, el fisioterapeuta volvió a atacar a la paciente , pero la víctima narró los hechos a sus familiares y lo denunció en la Fiscalía de Delitos Sexuales de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México.

Isaac Felipe “N” fue detenido y trasladado al Reclusorio Preventivo Varonil Sur, donde quedó a disposición del juez que lo requiere.

¿Cómo se castiga el delito de violación en CDMX?

En el Código Penal para el Distrito Federal, el Artículo 174 dice que quien por medio de la violencia física o moral realice cópula con persona de cualquier sexo, se le impondrá prisión de seis a diecisiete años.

En este se establece que “se entiende por cópula, la introducción del pene en el cuerpo humano por vía vaginal, anal o bucal” y la sanción será la misma a quien introduzca por vía vaginal o anal cualquier elemento, instrumento o cualquier parte del cuerpo humano, distinto al pene, por medio de la violencia física o moral.

Si entre la víctima y victimario hay un vínculo matrimonial, de concubinato o de pareja, se impondrá la pena prevista en este artículo y en estos casos el delito se perseguirá por querella.

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