Elecciones 2024: ¿Cuántas veces se puede ser presidente municipal en México y por cuánto tiempo?

En las elecciones de 2024, los mexicanos elegirán en las urnas 20 mil cargos políticos a nivel federal y local, entre ellos está el de presidente municipal.

Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales.
Las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales.|Pexels

Escrito por: Jesús Herrada

Las elecciones de este 2024 serán el Proceso Electoral Federal más grande e importante en México, cuyo principal objetivo será elegir al nuevo Presidente que sustituya a Andrés Manuel López Obrador. Los votantes irán a las urnas el próximo 2 de junio para elegir 20 mil cargos políticos a nivel federal y local, entre ellos está el de presidente municipal en algunos estados.

De acuerdo con el Artículo 115 de la Constitución Mexicana, los estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, además del municipio libre.

“Cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular directa, integrado por un Presidente o Presidenta Municipal y el número de regidurías y sindicaturas que la ley determine, de conformidad con el principio de paridad”, se lee en la Constitución.

Además, la Carta Magna señala que no habrá autoridad intermedia alguna entre la autoridad municipal y el gobierno del Estado.

¿Cuántas veces se puede ser presidente municipal en México y por cuánto tiempo?

Según el Artículo 115, las Constituciones de los estados deberán establecer la elección consecutiva para el mismo cargo de presidentes municipales, regidores y síndicos, por un período adicional, siempre y cuando el periodo del mandato de los ayuntamientos no sea superior a tres años.

Detalla que la postulación “sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición que lo hubieren postulado, salvo que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato”.

Por ejemplo, Puebla es uno de los estados donde se renovarán las 217 presidencias municipales. Ahí su Constitución señala en el Artículo 102 que los presidentes municipales, regidores y síndico de los Ayuntamientos podrán ser electos consecutivamente para el mismo cargo por un período adicional.

Y precisa lo mismo que la Constitución Mexicana al decir que “la postulación sólo podrá ser realizada por el mismo partido o por cualquiera de los integrantes de la coalición que los hubieren postulado, salvo que hayan perdido o renunciado a su militancia antes de la mitad de su mandato”.

Es importante saber que también aclara que “no podrán ser electos para un tercer período consecutivo, como propietarios” los presidentes municipales, regidores y síndico de los Ayuntamientos, electos popularmente.

Además de que los ayuntamientos se renovarán en su totalidad cada tres años y deberán tomar posesión el día quince de octubre del año en el que se celebre la elección.

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