La costosa multa por pegar publicidad sin permiso en CDMX en 2024

Dicen que no hay publicidad mala, excepto la que te trae multas por colocarla sin permiso en las calles de la CDMX. Esta es la sanción que podrías recibir.

Escrito por: Jennifer García

La costosa multa por pegar publicidad sin permiso en CDMX en 2024
| Pexels

Todas las empresas y personas en la Ciudad de México (CDMX) tienen derecho a promocionarse para atraer nuevos clientes; sin embargo, hacerlo sin los permisos correspondientes podría traer consigo una cuantiosa multa.

Es por eso que hoy te contamos cuál es la multa por pegar publicidad sin permiso en la capital mexicana en 2024.

¿Dónde está prohibido pegar publicidad en CDMX?

Para responder esta pregunta, debemos ir a la Ley de Publicidad Exterior para la CDMX, más concretamente a su artículo 12, en el que se estipula que sólo “sólo podrán instalarse anuncios respecto de los cuales se solicite y obtenga un Permiso Administrativo Temporal Revocable, licencia, o en su caso, autorización temporal.”

Esto quiere decir que las autoridades establecerán condiciones sobre cómo será instalada en la capital . Por ejemplo, no se permite la colocación de publicidad en:

Hasta 200 mil pesos de multa por pegar publicidad sin permiso

Dicho esto, el artículo 88 de dicha Ley señala que aquellos que no pidan permiso y decidan colocar su publicidad recibirán una multa de 1500 a 2000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Tomando en cuenta que este 2024 una UMA equivale a 108.57 pesos, la multa se traduce de 162 mil 855 a 217 mil 140 pesos mexicanos.

Además, el dueño de la agencia o negocio podría ser arrestado de 24 a 36 horas. Por otra parte, el anuncio será retirado.

¿En qué espacios se puede colocar publicidad con permisos en CDMX?

Si la empresa decide colocar su anuncio sin permiso por segunda ocasión, la sanción será el doble (hasta 434 mil 280 pesos). Las horas de arresto serán las mismas.

En el caso de que el anuncio sea colocado una tercera vez, la multa será equivalente al doble de la segunda ocasión, es decir que será de hasta 868 mil 560 pesos mexicanos. Por otro lado, el Instituto presentará una denuncia ante el Ministerio Público.

La multa anterior aplicará para publicidad sin permiso en:

  • Edificio Público o privado
  • Puente vehicular o peatonal
  • Paso a desnivel
  • Bajo-puente
  • Muro de contención
  • Talud
  • Poste
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