Corte fija derecho de infancias trans a nueva acta de nacimiento

La Corte determinó que es inconstitucional exigir ser mayor de edad para solicitar una nueva acta de nacimiento, garantizando así mayores derechos para las llamadas infancias y adolescencias trans.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

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La Suprema Corte de Justicia determinó que es inconstitucional exigir ser mayor de edad para solicitar una nueva acta de nacimiento que reconozca la identidad de género, garantizando así mayores derechos para las llamadas infancias y adolescencias trans.

El tribunal pleno inválido este jueves por unanimidad una porción del Código Civil para el Estado de Puebla que ponía como requisito tener 18 años cumplidos para obtener el nuevo documento de reconocimiento.

La ministra Yasmín Esquivel propuso a sus colegas que el derecho al libre desarrollo de la personalidad, el principio de igualdad y no discriminación, protegen a cualquier persona, sin importar su edad, por lo que las restricciones que contenía el artículo invalidado son contrarias a la Constitución y convenios internacionales en materia de derechos humanos.

El procedimiento debe ser sencillo accesible y gratuito: Zaldivar

A su vez el ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar explicó que para el caso de los menores trans debe haber un procedimiento sencillo, accesible y gratuito, en donde los acompañe un tutor legal, con la asistencia de las procuradurías de la infancia.

Hoy tenemos la oportunidad de reafirmar en una sola voz que no hay nada que curar, que la experiencia trans no es una enfermedad, sino una realidad que da cuenta de la diversidad humana. Las infancias trans comprenden su lugar en el mundo”, señaló.

Por su parte, la ministra Norma Piña explicó que todas las personas tienen derecho a la corrección de su acta de nacimiento a partir del momento que asuman la identidad de género que estiman adecuada para su persona.

Incluso, señaló durante su participación que en este tema los mayores y los menores de edad están en una situación jurídica sustancialmente igual y no se les pueden imponer requisitos diferenciados.

Será en la sesión del lunes próximo cuando el pleno de la Suprema Corte determine los efectos de su decisión de invalidar esa normativa para el estado de Puebla pero que tiene impacto en todo el territorio nacional.

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