Corte pone fin a condiciones al separarse

Un hombre no podrá condicionar a su exesposa a permanecer soltera ni recibir visitas masculinas ajenas a la familia al separarse.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

divorcio

Ciudad de México.- Al separarse, un hombre no podrá condicionar a su exesposa y madre de sus hijos a permanecer soltera ni recibir visitas masculinas ajenas a la familia a cambio de entregarle una casa para mantener la guarda y custodia de sus hijos, así lo determinó este miércoles la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara, la Primera Sala amparó a una mujer para que su exmarido ya no exija ante tribunales que se apliquen las condiciones que se impusieron tras un juicio de divorcio voluntario.

Para cumplir el convenio de divorcio, el exconsorte formalizó mediante escritura pública la donación de la propiedad en favor de sus hijos y constituyó el derecho de uso y habitación (usufructo) en favor de la madre a cambio de que no se casara y habitara el inmueble exclusivamente en compañía de los menores.

El padre solicitó y obtuvo a su favor el cambio de régimen de guarda y custodia

Posteriormente, el padre solicitó y obtuvo a su favor el cambio de régimen de guarda y custodia de sus hijos. Asimismo, al estimar que su exesposa incumplió con las condiciones establecidas en el convenio de divorcio, promovió la revocación de la donación, la cual fue negada por el juez, decisión que posteriormente fue revocada por un tribunal de apelación.

Inconforme, la exesposa promovió juicio de amparo al considerar que se le impusieron condiciones en la libre disposición del bien cedido en usufructo que eran contrarias a sus derechos humanos y solicitó a la Suprema Corte la atracción del asunto.

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En su fallo, la Primera Sala reconoció que el padre de los menores tiene legitimación activa para exigir a su excónyuge la extinción del usufructo, así como para reclamar de sus hijos la revocación de la donación.

Sin embargo, a partir de un análisis del caso con perspectiva de género, la Corte concluyó que se violaron los derechos humanos de la mujer, vulnerándose parte de su espacio vital y, en adición a ello, situándola en una condición de desventaja o subordinación en relación con su exmarido.

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