Un ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) propondrá ante el pleno anular en México la prisión preventiva automática, al considerar que se trata de un disfraz, al ser una medida desproporcionada que violenta la presunción de inocencia y los derechos humanos.
Será el 5 de septiembre cuando Luis María Aguilar presente a sus colegas un proyecto de sentencia para que se deje de aplicar la prisión preventiva de oficio y sean las fiscalías las que argumenten y justifiquen ante el juez por qué un imputado debe permanecer en la cárcel mientras se desarrolla su proceso.
“La clasificación de la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar es tan sólo un disfraz, una simple denominación formal que no se corresponde con su forma de operar ni con sus consecuencias nocivas, pues queda claro que se erige como una sanción anticipada, ya que no restringe derechos sino que priva de ellos”, señala el documento.
Incluso, el ministro Aguilar Morales busca la posibilidad de dejar de aplicar el artículo 19 párrafo segundo de la Constitución; invalidar el catálogo de delitos previstos en el Código Nacional de Procedimientos Penales, en los que se aplica esta medida de manera forzosa; así como el listado de delitos que también ameritan prisión preventiva de oficio según la Ley de Seguridad Nacional.
“No se puede cerrar los ojos a esta realidad: las penas privativas de la libertad —en prisión preventiva o por sentencia judicial— no sólo condenan a la persona imputada, también condenan a sus familias a permanecer en la precariedad y a asumir el altísimo coste personal, social, económico, educativo, de salud y, por supuesto, psicológico que la reclusión de un familiar conlleva, sobre todo cuando esa persona es el sustento del hogar”, expone en su propuesta.
Se requieren al menos ocho votos para que el proyecto prospere
El proyecto que será revisado por el tribunal pleno expone que configurar a la prisión preventiva como la regla para la consecución del proceso penal le adjudica al proceso penal mexicano un carácter autoritario y arbitrario que atenta también contra la propia funcionalidad del sistema.
“Corrompe el sentido y razón de ser de las soluciones alternas y las formas de terminación anticipada del proceso, pues la prisión preventiva deja de operar como “medida cautelar” y se constituye como un mecanismo agresivo de presión que anula la efectiva reflexión que debe acompañar la decisión de optar por una de estas formas de conclusión del procedimiento”, señaló.
Para que el proyecto de Luis María Aguilar Morales prospere, se requieren de al menos 8 votos del tribunal pleno y solo de esta forma dejaría de aplicarse el artículo 19, párrafo segundo de la Constitución y como consecuencia, se invaliden las normas que establecen la prisión preventiva de oficio, sin importar el delito.
Para este miércoles la Primera Sala de la SCJN prevé analizar otro proyecto relacionado con el tema de la prisión preventiva oficiosa, en el cual propone amparar a Brandon Flores Ramírez “El Junior”, hermano de Óscar Andrés Flores El Lunares, presunto líder de La Unión Tepito.
En su propuesta la ministra Norma Piña señala que el incremento del uso de la prisión preventiva y de las penas privativas de la libertad en general no son la vía idónea para el cumplimiento de los fines de la seguridad ciudadana. Fuentes de la Sala confirmaron que la ministra solicitará que el caso sea llevado al Pleno de la Corte.