Corridas de toros no pueden ser patrimonio cultural de estados: SCJN

La SCJN concluyó que las corridas de toros y peleas de gallos no puede ser consideradas patrimonio cultural de Nayarit, la resolución no impide que se realicen.

Escrito por: Juan Pablo Reyes

Corridas de toros suspendidas en México de forma indefinida
Corridas de toros suspendidas en México de forma indefinida | Freepik

Al analizar la demanda de una agrupación antitaurina, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronunció este miércoles porque las corridas de toros no pueden ser consideradas como patrimonio cultural de los estados del país.

Por mayoría de cuatro votos, a propuesta del ministro Alberto Pérez Dayán, la Segunda Sala amparó a una organización civil e invalidó un decreto emitido en Nayarit en 2019, por el cual se declaró que la tauromaquia y las peleas de gallos forman parte de la cultura de ese estado.

“Cualquier práctica que suponga el maltrato, la tortura y la muerte de los animales sintientes, atento a meros fines de recreación o entretenimiento humano, no puede considerarse una expresión que pueda ser sujeta de protección especializada y reforzada, bajo los derechos culturales”, concluyó la SCJN.

Las corridas de toros o las peleas de gallos no deben prohibirse

Sin embargo, en el proyecto avalado este miércoles por el máximo tribunal del país se aclara que su conclusión no debe entenderse en el sentido de que la “ fiesta taurina ” o las “peleas de gallos” deban prohibirse.

“Esta Sala única y expresamente considera que dichas actividades no son susceptibles de reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial, sin hacer algún pronunciamiento que vaya más allá de tal conclusión”, explicó Pérez Dayán.

Para el ministro la muerte del toro en el ruedo es contraria a la Norma Oficial Mexicana que establece los métodos para sacrificar al ganado y otros animales, y prohíbe procedimientos que les causen sufrimiento o prolonguen su agonía.

El decreto fue impugnado por la agrupación “Cuenta conmigo Tepic”, la cual expone que la fiesta brava no puede ser protegida como patrimonio cultural, pues se maltrata y causa la muerte a los animales provocando un daño al derecho a un medio ambiente sano.

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