El Congreso del Estado de México aprobó una serie de reformas al Código Penal para sancionar con hasta 12 años de prisión a quien difunda imágenes de cadáveres de personas, iniciativa conocida como ‘Ley Ingrid’ o ‘Ley Ocaña’.
Las modificaciones fueron avaladas por unanimidad luego de unir las iniciativas presentadas por dos diputadas de Morena y PVEM, respectivamente. La norma busca, según explicaron, “salvaguardar la dignidad y honra póstumas, así como garantizar el acceso a la justicia a terceros debido a prácticas ilícitas cometidas por servidores públicos y ciudadanía”.
En la sesión, previo a discutir la ‘Ley Ingrid’ o ‘Ley Octavio Ocaña’, los legisladores guardaron un minuto de silencio por todas las personas que sufrieron una violación de sus derechos post mortem.
Reformas ayudarán a sancionar exposición mediática
La legisladora Luz Hernández mencionó que las reformas al Código Penal del Estado de México servirán para sancionar la exposición mediática de todo tipo de material audiovisual o documento que forme parte de una investigación por los delitos de homicidio o feminicidio.
La #LXILegislaturaEdomex aprobó reformas al Código Penal estatal.
— Legislatura Edomex (@Legismex) October 24, 2023
➡️Se establecen sanciones de hasta 12 años de prisión en contra de quien participe en la difusión de imágenes de cadáveres de personas, reforma conocida como #LeyIngrid.
➡️Se sanciona también a quien difunda o… pic.twitter.com/WmzBynxINv
En la sesión los diputados también coincidieron en que las medidas evitarán que se repitan casos como el de Octavio Ocaña o el de Ingrid Escamilla, en los cuales se difundieron fotos de los cuerpos por parte de policías municipales.
Estas son las sanciones de la ‘Ley Ingrid’ o ‘Ley Octavio Ocaña’
De acuerdo con el dictamen, la persona que realice actos de difusión, entrega, publicación, transmisión, videograbación, reproducción, exposición, filmación, fotografía, comparta u oferte e intercambie imágenes relacionadas con cadáveres de personas, recibirá una sanción de cuatro a ocho años de prisión, así como la reparación integral del daño.
Además, si en el delito participan servidoras públicas de salud, protección civil, seguridad pública, procuración y administración de justicia o cualquier otro inherente a la cadena de justicia “se le impondrán de tres a siete años de prisión y si el sujeto pasivo de este hecho son mujeres, niños, adolescentes o personas en situación de vulnerabilidad, la pena se incrementará hasta una mitad, por lo que podrían alcanzar sanciones de hasta 12 años de prisión”, concluye la iniciativa.