Para las personas que están asegurados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es importante que sepan cómo saber si ya se pueden pensionar ante el Instituto, es por esto que se dan a conocer los requisitos.
Para poderse pensionar ante el IMSS es necesario consultar las semanas cotizadas, este trámite se puede realizar en la aplicación oficial del IMSS digital, la cual solo se encuentra disponible en tiendas oficiales.
De acuerdo con la página oficial del IMSS la pensión del retiro se otorga al asegurado antes de cumplir con las edades establecidas siempre y cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del 30% de la pensión garantizada.
¿Cómo saber si ya te puedes pensionar ante el IMSS?
Para saber si ya te puedes pensionar ante el IMSS se necesita consultar si perteneces a la Ley 73 del Seguro Social, pues en esta se puede iniciar el trámite a partir de los 65 años de edad y contar con al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
Los requisitos para poderse pensionar ante el IMSS bajo la Ley 73 son:
- Tener 65 años o más de edad.
- Haber cotizado bajo la Ley 73 del Seguro Social.
- Contar con al menos 500 semanas cotizadas ante el IMSS.
- No estar cotizando ante el IMSS al momento de presentar la solicitud.
Asimismo para el amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997, es necesario:
- Tener 65 años al momento de presentar la solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS como mínimo mil 250 semanas de cotización.
Para iniciar el trámite y pensionarte se puede acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.
¿Cuáles son los requisitos para poderse pensionar ante el IMSS?
Del asegurado se necesita:
- En original o copia certificada, identificación oficial.
- Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el Infonavit o una Afore que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre de asegurado o pensionado.
- Comprobante de domicilio, no mayor a tres meses.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Estado cuenta, impresión obtenida de la página de internet de la Afore que maneje la cuenta individual firmado con la Afore no mayor a seis meses.
- Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes.
- Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria.
Ante cualquier duda, el IMSS exhorta al a población a visitar la página oficial o revisar la aplicación de “Mi Pensión Digital”.