¡Invaluable! Esta es la multa por chocar contra un monumento en la CDMX 2024

De acuerdo con la Ley de Cultura Cívica, aquellos que choquen con un monumento histórico y lo dañen podrían recibir una cuantiosa multa en la CDMX.

Escrito por: Jennifer García

La chica desnuda
Otra de las glorietas más populares es la de la Diana Cazadora, cuyo nombre real es la Flechadora de la Estrella del Norte. Desde su inauguración causó polémica por su desnudez y para evitar conflictos le pusieron un faldón de bronce. La estatua original se deterioró por lo que se creo una nueva que ahora ocupa el sitio.

La Ciudad de México (CDMX), también llamada “La Ciudad de los Palacios”, está llena de monumentos históricos y edificios emblemáticos de distintas épocas de la historia de México, por eso no es raro que de vez en cuando algunos automovilistas descuidados lleguen a chocar con alguno, pero ¿cuál es la multa por chocar contra un monumento y dañarlos?

¿Hay multa por dañar un monumento en CDMX?

De acuerdo con el artículo 29 de la Ley de Cultura Cívica, son consideradas infracciones contra el entorno urbano:

  1. Abstenerse a recoger las heces de tu mascota, así como tirar esos desechos fuera de los botes de basura.
  2. Orinar o defecar en los lugares públicos.
  3. Arrojar o tirar animales muertos, desechos, objetos o sustancias en la vía pública.
  4. Tirar basura en lugares no autorizados.
  5. Dañar, maltratar, pintar o ensuciar fachadas de inmuebles públicos o de particulares.

Este último punto es el que atañe a aquellos que choquen o dañen un monumento público o un edificio histórico. La ley especifica que la sanción será aplicada a los que dañen:

  • Estatuas
  • Monumentos
  • Portes
  • Arbotantes
  • Semáforos
  • Parquímetros
  • Buzones
  • Tomas de agua
  • Señalizaciones viales
  • Obras
  • Puentes
  • Pasos peatonales
  • Plazas
  • Parques
  • Jardines

Hasta 10 años de cárcel por chocar contra un monumento

En caso de chocar contra un monumento, la multa podría ser de 111 a 235 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Tomando en cuenta de que este año una UMA equivale a 108.57 pesos mexicanos, quiere decir que la sanción sería de 12 mil 51 a 25 mil 513 pesos, esto siempre y cuando el daño no exceda a 25 mil 513 pesos.

Cabe señalar que “para el caso de daños a bienes muebles o inmuebles, estatuas o monumentos con valor histórico catalogados por el INAH o el INBA, se aplicarán las sanciones estipuladas en la Ley Federal en la materia”, lo cual quiere decir que será de 3 a 10 años de cárcel y una multa por el valor del daño causado, esto de acuerdo al Artículo 52 de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

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